El miércoles se conocerá la sentencia en el juicio por un aborto que se sigue contra dos médicos sanrafaelinos, intervención que terminó en la muerte del feto y la mujer con el útero perforado.
Se trata del debate oral por la causa (expediente número 21.612/09) que en su momento la fiscalía de María Eugenia Laigle elevó a juicio contra los médicos Juan Carlos Bertomeu y Jacinto Carballo. También es juzgada la mujer que prestó su consentimiento para el aborto, Olivera Ramona.
Los hechos ocurrieron el 20 de abril de 2009 en una clínica del distrito de Monte Comán y se sospecha que los facultativos mencionados le practicaron allí un aborto a la mujer, que tenía un embarazo de 13 semanas.
Lo que pidió el fiscal
La lectura de la sentencia del juicio pasó para este miércoles 26. El fiscal, Víctor Hugo Giambastiani, pidió 5 años de prisión para Bertomeu con 10 años de inhabilitación para ejercer la profesión, 4 años de prisión para Carballo con 8 años de inhabilitación y 1 año de prisión en suspenso para la mujer del aborto.
El debate lo ha llevado adelante la Segunda Cámara del Crimen, integrada por Jorge Yapur, Aroldo Gorri y Raúl Rodríguez, quienes serán los que resuelven.
Los hechos investigados
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio que en su momento realizó la fiscal Laigle, los dos médicos realizaron un aborto con consentimiento de Ramona Olivera, durante el cual murió el feto.
También hubo lesiones por el mal uso de la cureta (instrumento en forma de cuchara con filo), lo que perforó el útero y el intestino grueso.
Al producirse esa situación, según consta en la elevación a juicio hecha por la fiscal, fue Bertomeu quien decidió trasladar a la mujer hasta el hospital de Malargüe, donde cumplía funciones.
Trasladados por el marido de la mujer, llegaron a Malargüe a las 2.40 del 21 de abril y allí se le extirpó el útero y luego de hacer exéresis (separación quirúrgica) del tramo dañado de sigmoides (en el colon), efectuaron su traslado al exterior a través del ano contra natura.
Pruebas
La fiscal, en la etapa de instrucción (que luego debe probarse en el juicio) señaló como pruebas de los hechos la indagatoria de Carballo, varios testimonios, la denuncia, el informe médico, las fotos del caso, la historia clínica, informe policial, del hospital de Malargüe y algunos ítems más.
En relación al delito contra la vida, se analizó un testimonio de una doctora en Malargüe, cuyo examen médico indicó que las lesiones presentadas por Olivera en el útero muestran que las perforaciones fueron ocasionadas por maniobras abortivas. También se analizó el consentimiento de la mujer que se hizo el aborto.
Luego de eso la instrucción analizó la autoría de los médicos, basándose en el testimonio del marido de la mujer que se hizo el aborto, quien dijo haber trasladado a uno de los médicos y a su esposa hasta el hospital malargüino, luego de que la intervención se complicara en Monte Comán.
En tanto, un informe forense señaló que “las lesiones y la perforación fueron causadas por el material quirúrgico y ginecológico que se utilizan para curetear el útero, para raspar el útero; se usa en maniobras abortivas y es un instrumento quirúrgico en manos de cirujanos de ley, pero en manos delictivas se transforma en una herramienta criminal”.
De este modo, esta semana se conocerá si la justicia, en este caso a través de la Segunda Cámara del Crimen, avala lo actuado en la etapa de instrucción y lo solicitado por el fiscal de cámara, o al contrario, si falla por la inocencia de los médicos.




