El fallo por estallido de una fábrica de armas, 22 años después

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ratificó que el Gobierno debe reglamentar y cumplir la ley que prevé el pago extrajudicial por daño moral a damnificados por la voladura de la Fábrica Militar de hace 22 años.

De esta manera la Justicia federal denegó al Estado nacional el recurso extraordinario que había planteado para llegar a la Corte Suprema de Justicia en la demanda para que se reglamente la norma aprobada por el Congreso en 2015, que estableció un acuerdo para abonar resarcimientos a unos 10 mil riotercerenses que habían iniciado demandas por daños morales, en una megacausa.

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El reclamo judicial planteaba que el Estado abonara las indemnizaciones sobre la base de esa ley ya sancionada. Pero ni el Gobierno nacional anterior ni el actual reglamentaron esa ley, por lo que su aplicación efectiva se ha dilatado.

La cámara en fallos anteriores ordenó al Estado que la haga efectiva, pero este siempre apeló esos fallos.

El abogado Ponce manifestó que con esta última resolución ya no hay más posibilidades de apelación y por ello interpreta que estaría corriendo a partir de esta semana el plazo de 60 días que el Poder Ejecutivo tiene para reglamentar la ley sancionada hace más de dos años.

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A fines de 2016, el juez federal Ochoa hizo lugar al amparo presentado por el abogado Ponce para intimar al Estado a que cumpla con el pago extrajudicial, tal como lo establece una ley nacional, cuyo plazo para la reglamentación venció hace casi más de un año. El magistrado había fijado un plazo de dos meses para la reglamentación.

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Archivo Diario UNO.
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