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Y siguió con “situaciones similares” que le ocurrieron el 16 de febrero y el 18 de marzo pasados, cuando pretendió ingresar a México y Panamá, respectivamente.
Durante el trámite procesal se acreditó que sobre Di Zeo “no pesan declaraciones de contumacia vigentes ni otras órdenes restrictivas de su libertad emanadas de autoridades argentinas”.
Rafael Di Zeo quiere volver a ser el líder de La 12.
Pero la Sala I de la Cámara resolvió que, aunque no existen medidas dictadas por alguna autoridad nacional competente que pudieran justificar la restricción de la libertad ambulatoria de Di Zeo, “la acción de hábeas corpus no podrá prosperar”.
“Ello es así -afirmó el tribunal al desestimar el planteo del abogado Diego Storto- dado que las decisiones de control migratorio que pudieran haber adoptado otros países al pretender ingresar a ellos, exceden la competencia territorial de la justicia argentina” y se debe “accionar en aquellas sedes”.
La resolución, que ratificó la dictada en primera instancia, fue firmada por los camaristas Jorge Luis Rimondi y Pablo Guillermo Lucero.