La AFA celebrará este jueves a las 15.30 en su predio de Ezeiza una Asamblea Extraordinaria en la que se tratará la reestructuración del campeonato de la Primera B Nacional para la temporada 2019-2020.
Los otros considerandos que tratará la Asamblea según reza el orden del día, son los siguientes:
"El Comité Ejecutivo, de conformidad con las disposiciones estatutarias del Art. 31°, apartado 1; y, Art. 27, apartado 1 - votación por medio de un dispositivo electrónico, convoca a Asamblea Extraordinaria para el día jueves 29 de noviembre de 2018, a las 15,30, en el Predio "Julio Humberto Grondona" de la Asociación del Fútbol Argentino, sito en Autopista Riccheri y Enrique Fernández García, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, para considerar el siguiente Orden del Día:
1°) Aprobación del orden del día (Art. 31°, apartado 3, del Estatuto).
2°) Nombramiento de tres delegados encargados de verificar los poderes (Art. 49° del Reglamento General).
3°) Nombramiento de dos delegados encargados de verificar y suscribir el acta (Art. 33°, del Estatuto y Art. 51° del Reglamento General).
4°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: Organos Jurisdiccionales - Art. 65° Tribunal de Apelación, apartado 3 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).
5°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VI Competencias y Derechos - Art. 78° Concesión de Licencias a los Clubes, apartados 1, 2, 3 y 4 y Art. 81°, apartados 7 y 8 (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto).
6°) Proyecto de modificaciones al Estatuto: VIII Disposiciones Finales - Art. 87° Disposiciones Transitorias, apartado.
7#) (Art. 25°, inc. a; y, Art. 32°, apartado 1, del Estatuto). 7°) Proyecto de modificaciones al Reglamento de Transgresiones y Penas: Capítulo XIX. Sanciones a Miembros del Personal Técnico - Arts. 260° y 261° (Art 25° inc. a; y Art. 32° apartado 1 del Estatuto).
8°) Proyecto de creación de una persona jurídica bajo la forma jurídica de Fundación. Aprobación de los objetivos, nombre y montos a asignar. Delegación en el Comité Ejecutivo de la definición de las actividades, bases presupuestarias y texto del Estatuto. Se encomienda y autoriza al Presidente la firma de las escrituras y demás instrumentos públicos y privados que fueran necesarios para solicitar la personería jurídica ante IGJ (Inspección General de Justicia de la Nación)".


