Estamos ante una de las tensiones políticas más interesantes de los últimos años. Discuten los más fuertes del peronismo directamente contra Alfredo Cornejo, Hebe Casado y el arco oficialista, con mucho artificio verbal, es cierto, pero en un debate que además llegó hasta la Corte, lo más alto de la Justicia, y cuyos alcances pueden tocarnos a todos: se redefine qué es y qué puede hacer un municipio y qué poderes tiene (o no) un intendente.
Lo que no se dice de la autonomía municipal
El ABC para entender el proyecto de Alfredo Cornejo sobre autonomías municipales y su pelea con los hermanos Félix

Los cruces entre Alfredo Cornejo y los Félix llegaron a la Justicia local. Parte del PJ dice que no tienen problema en avanzar hasta la Corte Suprema de la Nación.
Y por ellos es bueno empezar: ¿Por qué ningún intendente ha salido a respaldar la iniciativa? Eso es muy peculiar. ¿Por qué, salvo una o dos excepciones de estas horas, no los estamos escuchando a los de Cambia Mendoza, por lo menos, señalar qué les parece el proyecto y qué ideas tienen para emplear, ahora que se les reorganizarían su tarea y su rol?
Ahí entra la gran pregunta de todo esto, que no es nueva: cuánto conviene este debate y a quiénes les conviene. En definitiva, qué tanto provecho pueden sacar las comunas ahora que el Ejecutivo les dice, tácitamente, que lo que más le importa es que no creen nuevos impuestos; que no disfracen una tasa con una recaudación -para ellos- indebida. Entonces, si pierde fuerza la idea de hacer caja a partir de esto, entonces hay que mirar qué otras zanahorias -importantes- pueden tener los caciques si se les da esta famosa autonomía municipal.
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Y existen esos beneficios: la expropiación de inmuebles, por ejemplo, dejaría de estar supeditada a una aprobación de la Legislatura y cada intendente podría, con sencillez, incluir esa prerrogativa en su futuro mandato constitucional.
Lo claro es que hay que meterse en el medio de todo el follaje de descalificaciones -de un lado y del otro-, para llegar al hueso jurídico del asunto. Y en parte es este: el oficialismo se basa, para invalidar el proceso sanrafaelino (porque los hermanos Félix avanzaron en una reforma, votaron y les ganaron a radicales y libertarios esa elección) en un artículo de la Constitución Nacional. Es el 123, que dice:
“Artículo 123: cada provincia dicta su propia constitución, conforme con lo dispuesto por el artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero".
Reglando su alcance y contenido. O sea, después de esto, no es mucho lo que se puede argumentar en contra (aunque los Félix apuntan al no avance de la provincia y a estrategias jurídicas en torno a esa omisión). La Constitución Nacional dice que la Provincia rige la proyección y los elementos internos de las autonomías departamentales y esto no pasó en el caso de San Rafael.
La Carta Orgánica y el punto del conflicto
Suma el oficialismo local que hay un conflicto de poderes, y con eso fue a la Corte. Responden del otro lado: ¿Cómo va a haber conflicto de poderes si el texto no está ni siquiera escrito todavía?
Es cierto que la Carta Orgánica sanrafaelina no ha sido discutida. Ni un solo segundo. Se eligió al equipo (convencionales), pero todavía no solo que no han salido a jugar el partido (y ya no se sabe si lo harán), sino que ni siquiera están siquiera concentrando en el hotel el día previo al encuentro, digamos.
Sin embargo, eso no indica que el conflicto no exista. El conflicto -lo dirá o no la Justicia- puede y parece estar en la fase previa: en haber avanzado, pedido y votado esto sin pasar por la Legislatura o por una instancia provincial. Por ejemplo, el conflicto es un legislador, un miembro de la Casa de las Leyes mendocina, aduciendo que perdió su poder de decidir sobre un asunto muy relevante, para el cual lo está salteando un poder ejecutivo municipal. Tiene aparente razón ahí.
Ahora, vamos al discurso del Gobierno provincial. Sus voceros en esto, ministros y autoridades legislativas, marcan que esta era una “larga deuda constitucional”, ya que la reforma de 1994 manda -lo acabamos de leer- a que cada municipio tenga su Carta Orgánica. Pero, ¿por qué habla de deuda el oficialismo, si hasta hace días decía que este no era un debate que había que dar? Si hasta hace días, el propio Cornejo dijo varias veces que esta era una discusión innecesaria y que las comunas son autónomas per se, porque lo dice la Constitución.
En todo caso, debería haber, por parte de Casado y el resto de los voceros, antes que el repudio, o al mismo tiempo por lo menos, el reconocimiento y la autocrítica del asunto: si esto es una deuda, una deuda de 32 años contrariando un mandato constitucional, son ellos, Cambia Mendoza, gobernando más que ninguna otra fuerza durante estas tres décadas, gobernando 10 años y medio, los que tienen la culpa de no haber reglado el asunto antes. Admitir que no se hizo, explicar por qué no se hizo, y explicar por qué ahora sí decide hacerse.
Más allá de eso, el proceso en San Rafael sí puede ser puesto en duda. Desde la comuna dijeron que los avaló la Justicia, por aquella cautelar que presentó José Luis Ramón y que, tras el proceso necesario, se les permitió avanzar y votar. Pero esto no es así: la Justicia jamás se expidió sobre la cautelar de Ramón. Lo que pasó fue que Fiscalía de Estado llamó a una conciliación entre ese legislador y la intendencia o quienes representaban el interés en la reforma.
Y entonces Ramón desistió de su acción legal. Es decir, se extinguió, a cambio de que San Rafael propusiera votar constituyentes primero y recién luego hacer un plebiscito popular. O sea, mantener la elección de febrero pero “corregir” ese asunto después. En el fondo, lo que importa es esto: ni la Corte ni la Justicia en general han tratado el tema. Recién ahora deberán hacerlo. El conflicto de fondo no ha pasado por la Justicia.
Pero eso no es todo. Además, Fiscalía de Estado dijo: “Es cierto que no hay nada escrito sobre el tema (es justamente la enmienda que falta), pero deberían imitar al proceso de la Legislatura para la Reforma Constitucional provincial si ustedes quieren Carta Orgánica en un departamento”.
O sea, además de que no hicieron plebiscito -frenemos acá: San Rafael dice que no está escrito que para crear la primera Carta Orgánica haga falta uno- les dicen que debieron haber logrado los dos tercios en el concejo para avanzar con esto. Con lo cual, no sólo no se expidió la Justicia, sino que Fiscalía exige más elementos para haber avanzado. Les hace una mirada contraria.
Es un escenario convocante por donde se lo mire. El Gobierno pone a prueba además su mayoría especial en la Legislatura, su verdadero poder; y el peronismo pone a prueba a sus aliados que no tienen intendencias: es decir, a La Cámpora o el peronismo “disidente”. Son dos bandos que se acusan mutuamente de ser solapadamente cornejistas. ¿Se apoyarán en este momento? ¿O llega una pequeña revancha de ese espacio que, justamente, no tiene este problema porque no gobierna ningún departamento? Tampoco es claro que el PJ tenga intenciones de no votar el proyecto.
En todo caso la pelea estará en la causa puntual de la constituyente sanrafaelina, pero no en que haya una regla para todas las comunas. Esos dos tercios, lo sabemos hoy, están garantizados.
Además Cornejo se gasta una enmienda constitucional, porque se puede hacer una sola por año. ¿Usará el último de su gestión para impulsar alguna reforma que tenga hace mucho postergada, como la de incluir el equilibrio fiscal como una regla más de la Constitución mendocina?
Son debates que estamos muy prontos a ver en la provincia.