Justicia Civil y Comercial

Las automotrices demandadas por 7 mil mendocinos insisten con ir a la Justicia Federal

Para las automotrices, la Justicia provincial es incompetente para resolver porque los planes son nacionales. Pero al ser un caso de consumo es materia provincial

Las siete automotrices demandadas por más de 7.000 mendocinos por las cuotas de planes de ahorro para 0 km pretenden llevar el pleito colectivo a la Justicia Federal porque, consideran, la Justicia local no tiene competencia territorial para resolver por ser planes nacionales.

El pleito colectivo comenzó hace casi 2 años y está en manos de la jueza civil Fabiana Martinelli, quien lidera el proceso y en breve contestará la presentación de las automotrices e inversoras con sede en Buenos Aires.

Al respecto, ya el Juzgado Federal número 2, que atiende los asuntos civiles y comerciales, se había declarado incompetente en uno de los expedientes por lo cual la demanda colectiva recayó en los tribunales provinciales. Lo mismo ocurrió en los tribunales federales con asiento en otras provincias.

Además, Martinelli, quien había sido recusada, fue ratificada por la segunda instancia e incluso por la Suprema Corte de Justicia, que rechazó un recurso extraordinario.

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La jueza civil Fabiana Martinelli.

La jueza civil Fabiana Martinelli.

Ahora, la parte demandada argumenta que la Justicia provincial no debe resolver la cuestión de fondo -el precio indexado de las cuotas- por tratarse de planes de ahorro de alcance nacional y que los clientes no son únicamente mendocinos sino también de otras ciudades del país.

Sin embargo, el caso avanzó en la Justicia provincial por tratarse de un caso de consumo y porque los demandantes son consumidores de un producto y/o servicio.

Entre 7.000 y 10.000 mendocinos que contrataron planes de ahorro con diversas automotrices e inversoras de marcas de primer nivel, acudieron a la Justicia por los aumentos de las cuotas mensuales. Son impagables, se quejaron públicamente y en los tribunales.

Todos los demandantes viven en Mendoza y contrataron los planes de ahorro antes de septiembre de 2019.

Mientras, por decisión de Martinelli rige una medida cautelar en la que establece que se debe liquidar en forma mensual la suma correspondiente al pago que efectuó cada ahorrista en abril del 2018 o el primero de la suscripción del plan.

"En caso de ser posterior debe agregársele el porcentaje correspondiente al Coeficiente de Variación Salarial (CVS) período 2018/2020 -el cual es para el período hasta la fecha de la presente, del 68,7%- actualizando las mismas mes a mes, conforme el coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC" "En caso de ser posterior debe agregársele el porcentaje correspondiente al Coeficiente de Variación Salarial (CVS) período 2018/2020 -el cual es para el período hasta la fecha de la presente, del 68,7%- actualizando las mismas mes a mes, conforme el coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC"

Hasta hace unas semanas, la Justicia provincial consideraba que el pleito podía definirse durante el primer trimestre de 2022. Pero ahora, la pretensión de las automotrices e inversoras terminaría por dilatar esos plazos.

No se descarta que se produzca un conflicto de competencia que deba ser resuelto por las instancias superiores de la Justicia provincial.

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