Senado provincial

La nueva ley de adopción prioriza a niños mayores de 5 años, grupos de hermanos y discapacitados

Esta es una de las modificaciones a la ley de adopción que se introducirán en el Código de Familia cuando se sancione el proyecto que presentó Alfredo Cornejo

El proyecto de ley para agilizar las adopciones en Mendoza, que Alfredo Cornejo presentó hace dos semanas, ya obtuvo despacho favorable en el Senado para ser debatido la semana próxima en el recinto. La senadora radical Laura Sainz, quien ha trabajado los cambios que se realizarán en el Código de Familia (Ley provincial 9120/18) explicó cuáles son las medidas para facilitar los trámites.

Entre las más destacadas, figura la posibilidad de realizar el proceso sin patrocinio letrado, es decir, sin contratar abogados. Esto porque se trata de un proceso voluntario y sin litigios de por medio. Sin embargo, esta opción solo será en el caso de niños y niñas mayores de 5 años, de adopción de hermanos o de chicos con discapacidad.

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La intención de abreviar los procesos de adopción tienen como objetivo que los niños y niñas pasen el menor tiempo posible institucionalizados.

La intención de abreviar los procesos de adopción tienen como objetivo que los niños y niñas pasen el menor tiempo posible institucionalizados.

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Qué significa no tener que contratar un abogado para realizar el juicio de adopción

Sainz explicó que el juicio de adopción es la etapa posterior a la de vinculación del niño o niña con su nueva familia, que se extiende por seis meses. Pasado este periodo, el o la jueza dispone una fecha para que se lleve adelante el juicio y se dicte sentencia de adopción, momento en el cual ya se puede realizar la documentación nueva del niño o niña, con todo lo que esto implica.

Hasta el momento, este procedimiento solo se podía realizar con un abogado representante de los padres adoptivos. El punto es que, en la actualidad, para llevar adelante un juicio de adopción, la familia tiene que disponer de una suma de dinero considerable. lo que conlleva a que muchos no inicien el juicio a los 6 meses, retrasando de esta manera la definición de la situación familiar de los niños, niñas y adolescentes.

Esto no sucederá de sancionarse la nueva ley, al menos en los casos antes mencionados.

Notificación por Whatsapp, otra forma de agilizar la adopción

La etapa de las notificaciones para cada una de las instancias que implica un proceso de adopción puede ser larga y engorrosa. Pero el nuevo proyecto contempla la posibilidad de notificar a las partes interesadas en el proceso por Whatsapp, así como también arbitra otras medidas tendientes a asegurar la notificación de todas las partes.

Esta medida, aunque parezca poco trascendente, es fundamental para evitar pérdidas de tiempo, porque en más de una oportunidad los involucrados aportan direcciones erróneas y la imposibilidad ubicar el domicilio, alarga los procesos.

Este procedimiento, indicó la senadora, ha sido utilizado eventualmente desde la pandemia, ahora quedará establecido a través del proyecto de ley.

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La nueva ley fija plazos máximos para que la Justicia dicte la sentencia de adopción

En cuanto a la instancia de mediación, la ley contempla un registro mediadores ad hoc y se autoriza la mediación realizada por organismos o instituciones autorizados por la Suprema Corte de Justicia.

Otro aspecto clave para agilizar las adopciones es acortar los plazos en la etapa recursiva, al establecer la tramitación de un proceso abreviado en caso de apelación. Como así también, se fija una audiencia con el niño en caso de llegar el proceso a la Suprema Corte de Justicia, lo cual es esencial para evaluar la situación del niño o niña, escucharlos y decidir en un plazo máximo de 15 días luego de la audiencia final.

El nuevo proyecto, que viene a introducir cambios en el Código de Familia (ley 9120/18) ya tiene despacho favorable de dos comisiones y puede tratarse en el recinto. Así lo indicó la senadora Sainz.