Media sanción en Senadores

Media sanción para el cupo femenino en espectáculos musicales

Por UNO

El Senado aprobó este miércoles y giró a la Cámara de Diputados una serie de proyectos sobre género, entre los cuales se destacaron el cupo femenino en espectáculos y la aplicación de sistemas de monitoreo para los que haya una prohibición de acercamiento entre el denunciado y la denunciante de violencia.

Con 50 votos a favor y uno en contra (del peronista salteño Juan Carlos Romero) se aprobó una iniciativa de la senadora kirchnerista mendocina y precandidata a gobernadora   Anabel Fernández Sagasti para establecer la paridad de género en los eventos musicales: establece un cupo femenino del 30% en los espectáculos musicales que se realicen en vivo en el país.

Según consta en el texto, la iniciativa propone que “los eventos de música en vivo así como cualquier actividad organizada de forma pública o privada que implique lucro comercial o no y que para su desarrollo convoquen un mínimo de tres artistas o agrupaciones musicales en una o más jornadas, ciclos o programaciones anuales, deben contar en su grilla con la presencia de artistas femeninas”.

Esto implica que si un evento tiene programada la participación de tres artistas, uno de los cupos deberá ser obligatoriamente para una mujer. Además, se establece que a partir de los diez artistas programados, se entiende que el cupo femenino se cumple cuando este represente el 30% del total de artistas solistas y/o agrupaciones musicales de la grilla.

Por otra parte, se establece que las artistas deben estar registradas en el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Nacionales Musicales.

Según datos revelados en el Registro Nacional Único de Músicos del Instituto Nacional de la Música -al 22 de junio de 2018 había 37.346 artistas registrados-  el promedio indica un 80% de músicos hombres y tan solo un 20% de mujeres, manteniéndose la misma diferencia de porcentajes en los aspirantes a subsidios de ese organismo. De estas cifras se infiere que la proyección profesional de las mujeres en la música es notablemente más limitada.

“Fue a partir de la organización de las mujeres músicas que se elabora el proyecto que  presentamos, y este hecho no es un acto de menor importancia. No sólo porque es un proyecto de ley que tiene como característica principal la legítima demanda y la representatividad que todos los que tratamos en este recinto deberían tener, sino que además es reflejo de la historia de vida y lucha de muchas mujeres que en distintas épocas y puntos del país, vivieron y sintieron lo mismo”. “Fue a partir de la organización de las mujeres músicas que se elabora el proyecto que  presentamos, y este hecho no es un acto de menor importancia. No sólo porque es un proyecto de ley que tiene como característica principal la legítima demanda y la representatividad que todos los que tratamos en este recinto deberían tener, sino que además es reflejo de la historia de vida y lucha de muchas mujeres que en distintas épocas y puntos del país, vivieron y sintieron lo mismo”.

Anabel Fernández Sagasti

Hay que tener en cuenta, argumentó la senadora nacional, que la música forma parte de la cultura general. Y es una de las herramientas más idóneas para compartir perspectivas y visiones sobre el mundo, que es construida por hombres y mujeres. Sin embargo, “la mirada de éstas sufre el sesgo masculino al momento de su difusión y visibilidad ya que principalmente quienes producen, organizan o curan eventos, son hombres”; afirmó.  

Luego la Cámara alta aprobó por unanimidad -con 47 votos- otro proyecto que propone modificar la Ley de Protección Integral a las Mujeres, para que los jueces que intervengan en denuncias sobre violencia de género y dicten una restricción perimetral para el denunciado puedan aplicar un "sistema de monitoreo, alerta y localización georreferenciada".

Con la misma cantidad de votos se aprobó otra iniciativa que eleva las penas previstas en el artículo 239 del Código Penal, que establece prisión de quince días a un año para quien desobedezca a un funcionario público en ejercicio de sus funciones.

Según el proyecto, "si la orden desobedecida fuera una resolución judicial que tuviera por objeto salvaguardar la integridad física, psíquica o sexual de una persona, en el marco de un proceso en el que existiera una denuncia efectuada por violencia de género o violencia familiar el mínimo de la pena se elevará a 60 días y el máximo de la pena a tres años".

Por último, se aprobó con la misma mayoría un proyecto para crear un Fondo Fiduciario de Asistencia a las Víctimas de Trata.

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