Juez Tribunal de Gestión Asociada Civil N° 1 en AUTOS N° 261.530, “LAGOS MIRTA EMPERATRIZ C/ SUCESORES DE BILOTTI DE PUGLISI ROSA ISABEL P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” NOTIFICA a terceros posibles interesados y posibles herederos de Virginia Fermina Puglisi, la resolución recaída en estos autos a fs. 202: “Mendoza, 24 de Noviembre de 2022. VISTOS: (…) CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: I.- Hacer lugar al recurso formulado por la actora y, en consecuencia, aclarar que la superficie según título en el Plano de Mensura n° 03-40220, es la de 60,62 metros cuadrados. II.- Hágase saber al Registro de la Propiedad Inmobiliaria la superficie correcta del plano de mensura referido, a fin de que proceda a la inscripción definitiva del inmueble ubicado en calle Sucre nro. 2.815 de Las Heras, Mendoza, inscripto al nro. 16.479, fs. 281, Tomo 48-E de Las Heras, conforme fuera ordenado en sentencia dictada en los presentes. Ofíciese a tales fines. REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. María Paz Gallardo- Juez”. Y a fs. 203: “Mendoza, 29 de Noviembre de 2022. VISTOS Y CONSIDERANDO: (…) RESUELVO: I.- Transcribir a continuación el texto correcto y completo del resolutivo precedente. 'Mendoza, 24 de Noviembre de 2022. AUTOS N° 261530 caratulados “LAGOS MIRTA EMPERATRIZ C/ SUCESORES DE BILOTTI DE PUGLISI ROSA ISABEL P/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” Mendoza, 24 de Noviembre de 2022. VISTOS: En estos autos, llamados para resolver y CONSIDERANDO: I.- Que en fecha 26- 10-2022 se presenta la Dra. Eliana Notti en representación de Mirta Emperatriz Lagos, actora en los presentes y solicita aclaración respecto a la sentencia que acuerda el derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de la misma, en los presentes. - Explica que a fs. 197 obra oficio dirigido al Registro de la Propiedad Inmueble para proceder a la inscripción de forma provisoria por 180 días hasta tanto se aclare la superficie según título, del inmueble cuya inscripción se ha ordenado. – Agrega que dicho Registro solicita para la inscripción definitiva, que se le informe la superficie total según mensura y según título del inmueble objeto de esa inscripción.- Detalla que ha habido un error material involuntaria en la consignación del dato en el plano de mensura, y donde dice 60,68 m2, debió decir, 60,62 m2. Respecto a este punto, refiere que el agrimensor, que realizó el plano, ha presentado un informe que acompaña en este escrito. - Solicita se aclare la superficie según título, habiéndose advertido por el Registro Inmobiliario el error mencionado. - Considera además que según la inscripción de dominio obrante a fs. 23, la superficie originara de dicha inscripción era de 319,10 m2 y que según los datos marginales se procedió a dos transferencias de ese título, una de 86,16 m2 y otra de 172,32 m2.- Alega que, teniendo en cuenta estos datos, la superficie según título que queda es de 60,62 m2, por ello, el error fue colocar 60,68 m2.- Por lo expuesto, peticiona al Tribunal que formule aclaratoria respecto a los datos consignados. Acompaña en respaldo a su pretensión, informe del Perito Agrimensor Guillermo Notti.- Queda así la cuestión planteada, en estado de ser resuelta. II.- Venidos los autos a despacho, anticipo que haré lugar a la aclaratoria peticionada por las siguientes razones. - En primer lugar, advierto que, conforme lo menciona la actora, la sentencia dictada en fecha 01-06-2021 y que se encuentra firme en la actualidad, admite la demanda incoada por la Sra. Mirta Emperatriz Lagos y declara que ha operado en su favor, la prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en calle Sucre nro. 2.815 de Las Heras, inscripto al nro. 16.479, fs. 281, Tomo 48-E de Las Heras.- En dicha sentencia, este Tribunal tuvo presente el plano de mensura n° 03-40220 realizado por el Agrimensor Guillermo Notti, Matricula n° 1530, y que fuera acompañado en el escrito de demanda, del que surge que el inmueble pretendido consta de una superficie de 60,68 m2.- Sin perjuicio de ello, tengo presente lo manifestado por la recurrente y el nuevo informe acompañado por el Agrimensor Guillermo Notti, quien manifestó haber incurrido en un error al confeccionar el plano de mensura original. - Explicó el Agrimensor en el nuevo informe, que el equívoco se produjo como consecuencia de haberse desglosado anteriormente del título original, una superficie de 86,16 m2 y otra de 172,32 m2, por lo que concluyó que el remanente total del título es de 60,62 m2.- En base a este informe, entiendo que le asiste razón a la Sra. Lagos en su reclamo, por lo que debe tomarse como superficie correcta del plano de mensura n° 03-40220, la de 60,62 m2.- En consecuencia, deberá hacerse saber al Registro de la Propiedad Inmobiliaria la superficie correcta del plano de mensura mencionado, a fin de que proceda a la inscripción definitiva del inmueble ubicado en calle Sucre nro. 2.815 de Las Heras, Mendoza, inscripto al nro. 16.479, fs. 281, Tomo 48-E de Las Heras, conforme fuera ordenada en sentencia firme dictada en los presentes.- Por ello y en concordancia con lo dispuesto en los artículos 46 y 132 del CPCCYT, RESUELVO: I.- Hacer lugar al recurso formulado por la actora y, en consecuencia, aclarar que la superficie según título en el Plano de Mensura n° 03-40220, es la de 60,62 metros cuadrados. - II.- Hágase saber al Registro de la Propiedad Inmobiliaria la superficie correcta del plano de mensura referido, a fin de que proceda a la inscripción definitiva del inmueble ubicado en calle Sucre nro. 2.815 de Las Heras, Mendoza, inscripto al nro. 16.479, fs. 281, Tomo 48-E de Las Heras, conforme fuera ordenado en sentencia dictada en los presentes.- Ofíciese a tales fines. REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. Maria Paz Gallardo. Juez'. II.- Notifiquese junto al resolutivo de fecha 24-11-2022. REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. María Paz Gallardo- Juez”.
EDICTO: LAGOS MIRTA EMPERATRIZ C/ SUCESORES DE BILOTTI DE PUGLISI ROSA ISABEL P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - AUTOS N° 261.530

Publicado el día: 22/03/2023.-