La implementación y pago se viene realizando en forma contemporánea al proceso habitual de liquidación de haberes por parte de las empresas que han sido incorporadas al Repro II, según el texto oficial.
El Ministerio de Trabajo explicó
"Sin perjuicio de la compleja situación económico financiera producto del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) y del distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO), las empresas incluidas en el Programa vienen realizando, mediante esfuerzos y medidas extraordinarias, el pago total o parcial de los haberes correspondientes al mes devengado, aún cuando sus trabajadores dependientes no hubiesen percibido el beneficio al momento del pago de dichos haberes". "Sin perjuicio de la compleja situación económico financiera producto del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) y del distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO), las empresas incluidas en el Programa vienen realizando, mediante esfuerzos y medidas extraordinarias, el pago total o parcial de los haberes correspondientes al mes devengado, aún cuando sus trabajadores dependientes no hubiesen percibido el beneficio al momento del pago de dichos haberes".