Reglamentación

Los plazos que puso Irrigación para que usuarios de pozos implementen la telemedición de agua

Tendrán entre 6 meses y 2 años para implementar el sistema de medición remota del consumo de agua subterránea. Incluye a mineras e industrias

Con la decisión tomada de un mayor control del consumo de agua subterránea, el Departamento General de Irrigación definió las condiciones que deberán cumplir los usuarios de pozos de riego para avanzar con la llamada telemedición.

En septiembre pasado, Irrigación había abierto el registro de empresas interesadas en prestar el servicio. Ahora, fijó plazos y requisitos para que los titulares de pozos instalen el dispositivo de toma/medición del nivel de agua y transmisión remota de datos.

Todo estará concentrado en la plataforma MIDO, diseñada para ese fin. Esto para "facilitar el conocimiento confiable de los volúmenes efectivamente extraídos".

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Irrigación quiere implementar la telemedición del consumo de agua subterránea tanto para regantes como con AYSAM y los municipios

Irrigación quiere implementar la telemedición del consumo de agua subterránea tanto para regantes como con AYSAM y los municipios

Pero la reglamentación del método apunta también a "los volúmenes autorizados en los respectivos permisos y concesiones y la evaluación del comportamiento de los acuíferos, a los fines de una gestión sustentable del recurso".

Telemedición de agua de riego: condiciones, zonas y plazos

En cuanto a los requerimientos técnicos, a través de la Resolución 57, Irrigación exige que quien tenga perforaciones para extraer agua instale "un sistema de medición con transmisión remota de datos (telemetría) a la plataforma MIDO".

Además del riego agrícola, la resolución también aplica a pozos para extraer agua "destinados al uso industrial y/o minero", en zonas de restricción hidrológica de la Cuenca Valle de Uco y Subcuenca El Carrizal (margen derecha río Mendoza).

En tal sentido, divide a los concesionarios o permisionarios de esas perforaciones en 3 categorías de usuarios en función de la superficie ocupada y así fija plazos para adaptarse al nuevo sistema:

  • Grandes usuarios: quienes explotan más de 50 hectáreas, que para cumplir la disposición tendrán 6 meses. "Encuadra todaperforación o establecimiento industrial/minero capaz de bombear hasta o más de 0,45 hm3 anuales".
  • Usuarios medianos: los que tienen pozos de agua para superficies de entre 20 y 50 hectáreas. Irrigación fijó un plazo de 2 años para adaptarse.
  • Pequeños usuarios: aquellos titulares de perforaciones que benefician superficies de hasta 20 hectáreas, tendrán 36 meses para cumplir con la presente reglamentación.

Con el mismo criterio, les dió entre 6 y 24 meses a los operadores comunitarios de agua potable, que usan perforaciones para extraer agua con destino al consumo humano. Y en idéntico sentido, hizo lo propio con AYSAM y los municipios.

El mantenimiento del sistema de medición de agua

Grandes usuarios, los medianos, AYSAM y los municipios (Luján, Maipú y Tupungato) están obligados no solo a instalar sino a mantener en operación "un sistema completo" de medición de agua.

Esa condición contempla un caudalímetro, el sistema de transmisión remota de datos cada 24 horas y su integración a la plataforma habilitada por Irrigación.

Los pequeños usuarios, en cambio, deberán contar al menos con un caudalímetro o "flujómetro", como una exigencia mínima inicial.

Para quienes emplean los pozos para extraer agua con destino a la actividad minera o industrial la exigencia se equipara a los de los categorizados como grandes usuarios. Con más de 50 hectáreas de superficie y un semestre para adaptar el sistema.