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A partir de ahora, estos negocios deberán ofrecer la opción de otorgar propinas a través de medios electrónicos, adaptándose así al creciente uso de dinero digital en el país.
Además, se estipula que los comercios deberán transferir las propinas recibidas a los trabajadores dentro de las 24 horas, sin aplicar descuentos.
El Banco Central y el Ministerio de Economía serán los encargados de supervisar el cumplimiento y dictar las normas complementarias necesarias para la correcta implementación de esta medida, que entrará en vigor a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.
El decreto que modifica las propinas
El decreto modifica el artículo 113 de la Ley N° 20.744 y establece que “cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.
Asimismo, señala que los comercios de los sectores gastronómicos, hoteleros, expendedores de combustible, entregas a domicilio y "demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas" deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos".
Y remarca que se deberá "garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega" de la propina y de "la cuantía que voluntariamente éste defina".