El Gobernador de la provincia, Rodolfo Suarez, recibió este jueves de parte de la Nación la notificación de que Mendoza entraba en el paquete de las provincias que iban a poder habilitar la obra privada.

El Gobernador de la provincia, Rodolfo Suarez, recibió este jueves de parte de la Nación la notificación de que Mendoza entraba en el paquete de las provincias que iban a poder habilitar la obra privada.
Los trabajadores estarán autorizados para trabajar desde el , de lunes a viernes de 9 a 17 y los sábados de 9 a 14.
Para poner el claro cómo deben actuar, circular y con qué tipo de equipamiento los trabajadores de obras privadas, el Gobierno sacó el decreto 561/2020, en el que reglamenta el DNU 297/2020 del Gobierno Nacional.
Los albañiles, profesionales y técnicos de obra de todas las categorías, pintores de obra, plomeros, gasistas, electricistas, yeseros, constructores de tabiquería y construcción en seco, fleteros, tramitadores, inspectores de obra y demás servicios que tengan actividades en mantenimiento, remodelaciones y construcciones de obras nuevas, incluidas instalaciones, tendrán que seguir una serie de disposiciones.
Para circular, quienes estén alcanzados por esta nueva reglamentación deberán completar una declaración jurada que se encuentra al final del Decreto Reglamentario provincial. Es necesario ese formulario firmado, además de una copia del decreto propiamente dicho. Esto le asegura que tengan permiso para circular.
Por su parte, para que la Provincia pueda tener una administración y seguimiento, también se deberá completar un registro de obras privadas en el siguiente enlace: https://buhogestion.mendoza.gov.ar/obraprivada.
Ese formulario lo deberán llenar aquellas empresas, profesionales, propietarios o comitentes que decidan retomar sus actividades, a efectos de identificar dónde se ejecutan o se ejecutarán las obras y cantidad de personal previsto para que intervenga en cada una.
El empleador deberá proveer a los profesionales intervinientes y a los trabajadores de un certificado de circulación para ser presentado ante la autoridad policial de control (artículo 6, DNU 219/2020). En caso de independientes, tramitar el permiso a través de la página de AFIP. En caso de no poder realizarla, se podrá utilizar la declaración jurada habilitada por la Provincia de Mendoza.
La dirección de Fiscalización y Control será el organismo de aplicación que controle las condiciones de seguridad de los trabajadores de obras.
En primer lugar, el trabajador deberá llenar la declaración jurada de Salud.
Pero también tendrá que usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo y en el trayecto desde y hacia la obra, pudiendo ser suplantada por protectores de nariz y boca y lentes protectores de ojos.
El mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar a la obra.
Entre las reglas para los trabajadores, está la de no compartir mate, vaso, ni ningún utensilio de cocina con otros trabajadores y guardar la distancia social de 1.5 metros en comedores o lugares de descanso. Se deberá utilizar el lugar en turnos rotativos para evitar agrupamiento de más de 5 personas.
Cada día, al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropa en la obra, por lo que no deberán retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo.
Además de proveer a sus trabajadores del certificado que acredite la actividad, las empresas o propietarios que decidan retomar sus actividades deberán declarar dirección de donde se ejecutan o se ejecutarán las obras y cantidad de personal previsto para que intervenga en cada una, en el registro creado a tal fin en el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia de Mendoza. Este registro será temporal y abarcará el período que rija el cumplimiento del protocolo.
Además, los profesionales deberán hacer sus trámites de aprobación de planos y pedidos de inspecciones de forma remota sin asistir presencialmente a los municipios.Serán estos últimos los que lleven un registro de la cantidad de obras privadas que se están realizando en su comuna.
No podrán participar de esta excepción los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional. Estos tendrán una licencia que no afectará la percepción de las remuneraciones normales y habituales.
Definir la mayor cantidad posible de tareas por medios electrónicos como celulares o por correo electrónico. En caso de indicaciones en tareas de obra de manufactura, se deberá respetar la distancia establecida. La comunicación entre personas debe ser a una distancia de dos metros, que también habrá que cuidar a la hora de consultar planos, los cuales deberán estar sin plegar, pegados en una pieza rígida y colgados en algún elemento vertical, no dentro del obrador.
Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza y ventilación del lugar. También, incorporar una desinfección frecuente de la obra.
Tendrán que proveer a los trabajadores de un lugar adecuado para lavarse las manos y este tendrá que tener un kit sanitario: bacha, jabón, y toallas descartables. También tendrán que tener a disposición alcohol en gel.
• En caso de no existir sanitarios, se deberán proveer baños químicos, que deberán desinfectarse cada vez que se utilicen
Al entrar al obrador para ingresar o retirar materiales no deberán hacerlo más de dos personas y siempre deberán utilizar sus máscaras protectoras faciales.
En cuanto a las herramientas a utilizar, deben estar desinfectadas cada día antes de comenzar la jornada de trabajo.
No compartir megáfonos, radios, teléfonos ni micrófonos.
En caso de que en la obra asistan simultáneamente más de dos operarios, se deberá contar con la presencia de un técnico en Higiene en Seguridad que certifique el cumplimiento del presente protocolo y que previamente sea quien capacite a personal de la construcción, técnicos y propietarios respecto del protocolo de prevención de coronavirus.
No realizar eventos o reuniones sociales en obra.
Disponer, tanto en la obra como el transporte de materiales y personal relacionado, de tapabocas, protecciones oculares, guantes y alcohol en gel al 70 por ciento.
La compra y venta de insumos o materiales en corralones o negocios afines a la construcción no podrá ser presencial. La operación deberá hacerse por las vías que ayuden a cumplir con el distanciamiento social (telefónica o por internet), y la empresa proveedora se hará responsable de que el producto llegue a destino.
En el caso de uso compartido de vehículos de asistencia técnica (por ejemplo, camionetas), desinfectar de manera regular volante, tablero, puertas y picaportes, espejos, entre otras cosas, la opción recomendable para evitar contagios es evitar el uso compartido.
Desde la empresa realizarán un registro de asistencia diaria a la obra consignando todos los datos de las personas. El registro deberá estar a disposición de las autoridades que lo soliciten y deberá coincidir con el personal autorizado previamente a esos efectos.
Para desplazamientos desde y hacia el trabajo, evitar el hacinamiento en autos o camionetas; en distancias cortas, se recomienda caminar o utilizar bicicleta o motos. En distancias mayores, se recomienda contratar vehículos de transporte de pasajeros y que sean sus choferes quienes colaboren en cumplir el protocolo sanitario, controlando que cada pasajero tenga las protecciones adecuadas y que no exceda la capacidad de pasajeros sentados por vehículo. Contar con el transporte público como última alternativa.
El cumplimiento del protocolo deberá ser controlado por la empresa constructora, por el profesional de obra, por el propietario y por la administración de los barrios cerrados (en caso de obras a realizarse en su interior), en colaboración y en forma solidaria con las autoridades de los gobiernos municipal y provincial.
Si en el lugar de trabajo o en sus domicilios se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca, dificultad para respirar o diarrea, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente y deberán avisar a Emergencias de Epidemiología al número 0800 800 2684 y cumplir las indicaciones impartidas.
Si el trabajador se encuentra en su domicilio con alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine y no asistir al lugar de trabajo con síntomas.
Si llegara a detectarse un caso positivo verificado en obra, se deberán paralizar los trabajos por 14 días y realizar la desinfección de rigor previo a retomar la actividad.