Es habitual que pequeños y medianos contribuyentes se anoten en el Monotributo 2024 con el objetivo de desarrollar venta de bienes o prestar servicios de modo tal que estén dentro de lo que exige la AFIP. Sin embargo, la pregunta que muchos se hacen es ¿qué pasa si me inscribo como monotributista y no facturo?.
Desde junio de 1998 y por Ley 24.977, el monotributo se habiltó como un régimen simplificado que concentra los componentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a las Ganancias, los aportes a la jubilación y a la obra social en un único pago que se realiza mensualmente. Se trata de una obligación que el contribuyente debe cumplir ante la AFIP, el ente recaudador de Argentina.
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El monotributo abrió la puerta a que millones de trabajadores independientes realicen sus actividades comerciales o profesionales en Argentina. Sin embargo, más allá de que el monotributo fue concebido para personas que tienen ingresos mensuales, puede darse el caso de que algunos contribuyentes no emitan facturas con regularidad.
¿Qué pasa si soy monotributista y no facturo?
El primer punto que hay que tener en cuenta es que no existe un límite de tiempo en el que un contribuyente inscripto en el monotributo pueda estar sin facturar. No obstante, si un monotributista no factura durante un período de tiempo determinado puede ser una señal de alerta para que la AFIP le solicite que justifique las razones por las que no ha emitido comprobantes de su actividad laboral.
En el caso de que el monotributista regularice su facturación y ponga al día la deuda contraída ante la AFIP, podrá seguir adelante con su actividad dentro del régimen simplificado. Caso contrario, si la falta de facturación persiste, es decir que el contribuyente va contra las obligaciones, el ente recaudador puede tomar alguna de las siguientes medidas:
- Excluirlo.
- Inhabilitarlo.
- Multarlo.
¿Qué pasa si soy monotributista y no tengo ingresos?
También es posible que se dé el caso en el que los contribuyentes están inscriptos en el monotributo y durante una determinada cantidad de tiempo no generen ingresos. Ante la falta de ingresos tampoco se podrá hacer frente a las obligaciones que el mismo régimen simplificado impone.
Ahora bien, si la falta de ingresos no se extiende por mucho tiempo, la situación puede subsanarse una vez que el monotributista retome la facturación. Pero si la situación se prolonga, las medidas pueden ser más drásticas.
Además, si los pequeños y medianos contribuyentes no cumplen con las obligaciones que les impone el régimen simplificado del Monotributo por un periodo de 10 meses consecutivos, la AFIP los dará de baja automáticamente.
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Si bien es una situación complicada, una vez que el monotributista salde todas las deudas y cancele sus obligaciones ante la AFIP, podrá volver a ingresar al régimen.
No hay que olvidar que el capital de las deudas contraídas con la AFIP genera intereses y, con el transcurso del tiempo, éstos se acumulan. A su vez, aquel contribuyente que quede suspendido del monotributo también dejará de aportar para su futura jubilación y a la obra social.
¿Cuáles son las obligaciones de un monotributista?
Los monotributistas deben cumplir con una serie de obligaciones para con la AFIP. Obligaciones que, como toda ley, se presumen conocidas.
- Entre ellas se destaca el pago del importe mensual. De producirse un atraso, la deuda también generará intereses y podrán ser abonados, previo a la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP), a través de distintos medios.
- Como se sabe, existen diferentes categorías del Monotributo, siendo "A" la de menor nivel de facturación; y "K", la de mayores ingresos. Mantenerse dentro de la categoría acorde al nivel de facturación es una de las obligaciones de los contribuyentes.
- Además todo monotributista tiene la obligación de recategorizarse una vez al año. De no hacerlo, la AFIP podrá cambiar de categoría a un contribuyente si considera que se excedió en su facturación.
¿Cómo darse de baja en el Monotributo?
Los monotributistas pueden solicitar la baja del monotributo. A continuación te explicamos cómo hacerlo de manera simple.
- La baja del Monotributo puede realizarse en cualquier momento. Para evitar que se generen deudas, el mes en el que un contribuyente solicite la baja debe quedar pago. A partir del mes calendario siguiente, la baja será efectiva y ya no se deberá abonar el Monotributo.
- No hay que olvidar otro de los efectos que tendrá la baja del Monotributo en la situación del contribuyente. Si estaba haciendo aportes a la jubilación y a la obra social mediante el régimen simplificado, una vez que el cese sea efectivo también concluirán dichas contribuciones.
- La baja del Monotributo se genera desde el portal del régimen simplificado, dentro de la web de la AFIP mediante la opción “Modificación y baja” en el menú de la izquierda.
- Una vez allí, el usuario deberá seleccionar “Darse de baja del Monotributo” y luego “Dar de baja” ( en la parte inferior de la página).
- Se deberá indicar la razón por la que se solicita la finalización de actividades y confirmar la operación.
Cómo darse de baja del Monotributo, paso a paso
Paso a paso: todo lo que tenés que realizar en este trámite de principio a fin:
- Seleccionar Iniciar sesión para ingresar con tu CUIT/CUIL y clave fiscal. Dar clic en Ingresar.
- Buscar el servicio “Monotributo”. Si no lo tenés dado de alta, presionar el botón “Agregar”.
- Una vez dentro del servicio de Monotributo, seleccionar la opción Modificación y baja (se encuentra en el menú de navegación lateral izquierdo)
- En la sección “Darse de baja del monotributo”, presionar “Dar de baja” para comenzar con el proceso.
- Primero se debe ingresar el período desde el que se solicita la baja, indicando el mes y año.
- Luego, se debe explicar el motivo de baja. Según corresponda, el contribuyente podrá elegir entre cese de actividades, renuncia y exclusión. Una vez finalizado, presionar el botón Continuar.
- Una ventana de tipo pop-up le advertirá al usuario que será redireccionado para confirmar la baja al Monotributo. Se debe presionar Aceptar.
- En la caja de diálogo “Confirmación de datos”, el usuario podrá verificar cuáles son los impuestos por los que solicita la baja. Si los datos son correctos, presionar Continuar para finalizar con el proceso.
- En la última pantalla, el usuario recibirá la confirmación de la baja del Monotributo con la leyenda “Ya te diste de baja del monotributo”. Para descargar la constancia (en formato .pdf) o imprimirla, se debe presionar el botón Descargar.
Finalmente, los contribuyentes que residan en provincias que unifican impuestos provinciales y/o municipales con el Monotributo, al solicitar la baja del régimen simplificado de la AFIP también se dará de baja el tributo asociado. En este punto, se sugiere contar con el asesoramiento de un contador público nacional o profesional del área especializado.






