Mendoza se sumó a la normativa nacional y estableció las herramientas concretas para erradicar basurales, mejorar la valorización y ordenar la gestión municipal de los residuos urbanos en toda la provincia.
La provincia reglamentó la Ley 9659 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), aprobada por la Legislatura, y estableció el marco operativo para su implementación en todo el territorio. La norma define responsabilidades, plazos y mecanismos de control, articula con la legislación nacional y dispone herramientas para erradicar basurales a cielo abierto, mejorar la valorización y ordenar la gestión municipal.
La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, afirmó que la ley “es el resultado de un trabajo articulado con los municipios y equipos técnicos, construyendo consensos para que sea aplicable y efectiva en todo el territorio provincial”. Además, en la página de prensa del gobierno, señaló que la reglamentación pone en marcha “un sistema con reglas claras, metas medibles y herramientas de trazabilidad digital que fortalecen el control, la transparencia y la economía circular”.
La reglamentación fue elaborada tras una ronda de trabajo técnico entre la Coordinación de Sostenibilidad del Ministerio, municipios y recuperadores urbanos. El texto armoniza la normativa provincial con la Ley Nacional 25.916 y consolida un esquema coherente desde el punto de vista jurídico, ambiental y administrativo.
Entre sus ejes centrales, establece instrumentos para abordar problemáticas estructurales como la disposición final inadecuada, la persistencia de basurales a cielo abierto, la baja valorización y la heterogeneidad en la gestión municipal.
Metas, planificación y control de los residuos urbanos
La norma dispone la puesta en marcha del Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos (PPRSU), con enfoque regional y bajo el paradigma de la economía circular. El plan fija lineamientos estratégicos, programas específicos, metas cuantificables e indicadores de seguimiento, con el objetivo de reducir progresivamente los residuos destinados a disposición final y fortalecer la recuperación de materiales reciclables y orgánicos.
En paralelo, los municipios y consorcios interjurisdiccionales deberán elaborar planes de gestión alineados al marco provincial. Estos instrumentos deberán incluir diagnóstico inicial, metas a corto, mediano y largo plazo, programas de separación en origen, estrategias de valorización, planes de inclusión social de recuperadores urbanos e indicadores medibles. Tendrán una vigencia de cinco años, en consonancia con el plan provincial.
El decreto también fija condiciones ambientales y de seguridad para los centros tecnificados de economía circular, centros de procesamiento, estaciones de transferencia y centros de disposición final. Además, establece que los centros tecnificados deberán trabajar prioritariamente con cooperativas de cada región, promoviendo la formalización e integración de recuperadores urbanos.
Clasificación de generadores y trazabilidad digital de los residuos
La reglamentación introduce una clasificación de generadores: serán considerados pequeños quienes produzcan hasta 50 kilogramos diarios de residuos sólidos urbanos, y grandes generadores quienes superen ese umbral. Los municipios podrán adoptar criterios más exigentes, con regulación de la autoridad de aplicación provincial.
Asimismo, se crean el Registro Provincial de Transportistas de Residuos Sólidos Urbanos y el Registro Provincial de Centros Tecnificados de Economía Circular o Procesamiento, ambos bajo la órbita del Ministerio de Energía y Ambiente y con información pública. El objetivo es fortalecer la transparencia, la formalización y el control en todas las etapas del sistema.
Como parte de la modernización, se incorpora una herramienta digital de trazabilidad que permitirá registrar en tiempo real los movimientos y tratamientos de residuos. La plataforma, accesible vía web y dispositivos móviles, contará con credenciales diferenciadas por rol, garantizará la seguridad de la información y generará reportes estadísticos e informes públicos para facilitar la rendición de cuentas y la toma de decisiones basada en datos.
En relación con los basurales a cielo abierto, el decreto obliga a los municipios a presentar planes de cierre y remediación con contenidos mínimos definidos y proyectos específicos para cada sitio, con el fin de reducir riesgos ambientales, sanitarios y sociales.
El régimen también establece el procedimiento ante incumplimientos, con plazos para descargos, posibilidad de medidas preventivas y criterios de proporcionalidad en la aplicación de sanciones, sin perjuicio de la obligación de recomposición ambiental cuando corresponda.
Finalmente, la reglamentación aprueba anexos técnicos que incorporan definiciones operativas, requisitos mínimos para la gestión de residuos de construcción y demolición y un código unificado de colores para la clasificación e identificación de fracciones, herramienta clave para consolidar la separación en origen.
Con esta medida, la Provincia detalló que consolida un marco integral que articula planificación, control, trazabilidad, inclusión social y fortalecimiento institucional, y sienta las bases para una transición hacia un modelo de gestión más eficiente, ambientalmente responsable y sostenible.








