Desde febrero, los municipios pueden intervenir en los accidentes viales con personas lesionadas, ya sea con heridas leves o de gravedad. Esto se enmarca en los artículos 7 y 71 de la Ley de Seguridad Vial 9024/17 y tiene como objetivo descomprimir el trabajo de los efectivos de Científica de la Policía de Mendoza.
Godoy Cruz y Capital ya se han hecho cargo de lo que exige la ley nacional de Tránsito. Lisandro Delgado, director de Tránsito godoicruceño, sostuvo: "Hemos asumido esta nueva competencia y a partir de febrero, junto con Capital, la aplicamos en su totalidad". Todavía falta que se sumen otros municipios como Maipú, Luján, Guaymallén, Las Heras, que tienen sus policías municipales.
"Se tuvo que formar un equipo de peritos y se incorporó equipamiento, como cámara de fotos y alcoholímetros, que son muy importantes porque en todos los accidentes con lesiones los conductores tienen que ser sometidos al control de alcohol. La gente tiene que saber que cualquiera que choca pasa por el examen de alcohol, sin excepción", detalló Delgado.
También incorporaron un dron para hacer tomas aéreas de los accidentes, grupo electrógenos y vehículos nuevos, todo en función de ampliar la capacidad operativa de la Dirección vial de Godoy Cruz.
En cuanto a las estadísticas, el funcionario dijo que para el municipio representó un 25% más de participación en accidentes. "Es importante destacar que nosotros liberamos a la policía de Comisaría y a la Científica de la parte vial. Entonces ellos se dedican a lo penal y criminal y el municipio se queda con lo vial", dijo.
"Es positivo porque nosotros aplicamos un sistema estadístico con el Observatorio de Seguridad Vial y tenemos información de todos los accidentes que ocurren en el departamento, las que utilizamos para generar políticas públicas en materia de seguridad vial", sostuvo Delgado.
La compra de dos móviles y un dron significó una inversión de $1.700.000, señaló el Director de Tránsito de Godoy Cruz.
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El artículo 7 de la mencionada ley establece que los municipios deberán implementar los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito y los Cuerpos Municipales de Tránsito. Por ahora solo Capital y Godoy Cruz están cumpliendo con ésto, aunque se espera que en un futuro cercano se sumen el resto de los departamentos del Gran Mendoza.
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En tanto, el apartado 71 detalla que sólo en el caso en que se produjera el fallecimiento de una o más personas en el lugar del accidente de tránsito, y fallecimiento en concurrencia con lesiones en el lugar del hecho, instruirá las actuaciones correspondientes la Policía de Mendoza, sin perjuicio de la colaboración que deberán prestar los agentes municipales de tránsito.
Además, la ley especifica que en los departamentos en los que no funcionen los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito continuará interviniendo la Policía en los accidentes viales, hasta que el municipio ponga en marcha la estructura correspondiente.




