Los empleados de comercio de la República Argentina comenzarán 2024 con un importante aumento en sus sueldos a partir del convenio firmado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio (Faecys) y las Cámaras Empresariales.
El suculento sueldo que cobrarán los EMPLEADOS DE COMERCIO en enero de 2024
Se trata del tercer pago que el gremio liderado por Armando Cavalieri acordó con las cámaras del sector y que se abona del siguiente modo:
- Octubre: 20 %
- Noviembre: 13,3%
- Diciembre: 13,3%
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De este modo, el gremio más numeroso del país -que reúne a alrededor 1.200.000 de empleados de comercio- recibirá una suba del 47% entre octubre y diciembre de 2023 (esta última actualización se abonará en enero de 2024).
Asimismo, la conducción de FAECyS firmó los aumentos salariales para los trabajadores y trabajadoras de la rama call center, para los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Desde el sindicato explicaron que, con todos los incrementos aplicados, ningún empleado de comercio debería cobrar menos de 397.400 pesos.
Empleados de comercio: cuándo habrá un nuevo aumento de sueldo
Los dirigentes del gremio de empleados de comercio resolvieron que re reunirán nuevamente con representantes de las patronales a mediados de enero del año próximo, para hacer una evaluación del impacto inflacionarios en los ingresos del personal y, en caso de ser necesario, actualizar los porcentajes, como así también avanzar en el trimestre enero-febrero-marzo, que están pendientes de la paritaria 2023-2024.
Armando Cavalieri, secretario General de la Federación, destacó que "con este aumento avanzamos en una rama importante para nuestra actividad" y señaló: "Debemos ser responsables en la negociación, ya que nuestra organización gremial hoy cuenta con más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras".
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Sueldo de empleados de comercio por categoría
En el marco del acuerdo paritario, estos serán los sueldos básicos para empleados de comercio:
Maestranza
- Categoría A: 397.394,90 pesos
- Categoría B: 398.545,32 pesos
- Categoría C: 402.575,82 pesos
Administración
- Categoría A: 401.713,02 pesos
- Categoría B: 403.441,68 pesos
- Categoría C: 405.168,32 pesos
- Categoría D: 410.351,27 pesos
- Categoría E: 414.669,38 pesos
- Categoría F: 421.003,76 pesos
Cajeros
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 405.168,32 pesos
- Categoría C: 407.759,80 pesos
Personal Auxiliar
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 406.031,14 pesos
- Categoría C: 415.533,21 pesos
Auxiliar Especializado
- Categoría A: 406.608,36 pesos
- Categoría B: 411.790,30 pesos
Vendedor
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 411.791,31 pesos
- Categoría C: 414.669,38 pesos
- Categoría D: 421.003,76 pesos
A esas cifras deben sumarse adicionales que le corresponda cobrar al empleado de comercio, como el adicional por manejo de caja, el presentismo, entre algunos conceptos
En cuanto al adicional por antigüedad, ha quedado establecido que es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas; en tanto que para el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio.
Con relación al adicional por manejo de caja, es un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial.
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A los cajeros les corresponde ese adicional comprendido por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 130/75, que en las escalas salariales figura como monto anual, no remunerativo, y se abona por trimestre vencido, o sea esa suma se divide por 4, y se liquida trimestralmente.
Fuente: iprofesional.com







