Primera infancia

Docentes de guarderías municipales fueron equiparados salarialmente con los maestros de grado

Alcanza a los docentes de Los Centros Educativos de Primera Infancia que funciona en los municipios que tengan título habilitante

Por UNO

Los docentes de los Centros Educativos de Primera Infancia (CEPI) -o llamados popularmente como guarderías municipales- fueron equiparados salarialmente con el resto de los maestros del sistema y ganarán el mismo salario, de acuerdo con la reglamentación de la Ley de Incentivo Docente, que se publica este martes en el Boletín Oficial. Se pagará anualmente.

El Ministerio de Educación, Cultura e Infancias, a cargo del ministro Tadeo García Zalazar, estableció que recibirán el pago del Incentivo Docente aquellos agentes con título habilitante con dos años continuos en la institución.

Estos maestros deberán cumplir con los lineamientos del sistema Gestión Educativa Mendoza (GEI) y no podrán tener sanciones disciplinarias.

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Docentes de los Centros Educativos de la Primera Infancia recibirán un Incentivo Docente y la escala variará de acuerdo a los años de antigüedad. Alcanza sólo a los agentes con título.

Docentes de los Centros Educativos de la Primera Infancia recibirán un Incentivo Docente y la escala variará de acuerdo a los años de antigüedad. Alcanza sólo a los agentes con título.

La escala salarial del Incentivo Docente

El presente incentivo se abonará de acuerdo con la siguiente escala relativa al porcentaje de la asignación de la clase más la antigüedad y el estado docente del agente, correspondiente únicamente a los cargos u horas donde cumpla la condición “B”. Desde un mínimo de un cargo o 18 horas hasta un máximo de dos cargos o 36 horas cátedra:

  • Permanencia en la Institución Educativa de 2 años: 20%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 3 años: 25%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 4 años: 30%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 5 años: 35%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 6 años: 40%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 7 años: 45%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 8 años: 50%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 9 años: 55%
  • Permanencia en la Institución Educativa de 10 años o más: 60%.

Para el pago del presente incentivo, se considerará la permanencia del agente en el mismo Centro Educativo de Primera Infancia, por lo que todos los cargos u horas en los que se acredite permanencia dentro de la misma son susceptibles del cobro de este, de acuerdo a los mínimos y máximos estipulados.

En el caso de las horas cátedra, para alcanzar el mínimo de 18 horas se considerará en cada caso para el cálculo del presente incentivo el promedio de los últimos seis meses.