Ley de tránsito

Conducir en ojotas en Mendoza puede costar una multa muy cara

Con la llegada del 2022, se actualizaron los valores de las multas. Las ojotas no son el único calzado prohibido para conducir en Mendoza

Por UNO

En Mendoza, según la Ley de Tránsito, está prohibido conducir en ojotas o con otro tipo de calzado que se considere inadecuado. Si en un control de tránsito, los inspectores o la Policía comprobaran esto, se puede considerar como una falta leve y al conductor le costaría unos 3000 pesos la sanción, segun la tabla de valores de las multas que rigen en la provincia.

Según la norma de Mendoza, los conductores deben usar calzado apropiado para el manejo y el control total de los pedales, es decir: zapatillas, zapatos y sandalias, siempre que estas últimas estén cerradas por el talón, para así poder fijar el pie.

En cuanto al calzado que está prohibido se encuentran: las ojotas, las crocs, los zapatos con plataformas o con tacos.

Multas en Mendoza, precios.jpg

Las infracciones en Mendoza y las multas que les corresponden

En Mendoza, las faltas se dividen en leves, graves y gravísimas. A estas, se les suman el conducir alcoholizado.

Algunas de las faltas leves, graves y gravísimas son las siguientes:

Faltas leves

  • Estacionar en zonas prohibidas.
  • Estacionar en doble fila.
  • Usar la bocina, salvo en caso de peligro.
  • Circular en bicicleta sin el casco.
  • Remolcar vehículos sin elementos rígidos de acople.
  • Estacionar sobre la vereda.
  • Circular con luces bajas apagadas.

Faltas graves

  • Realizar giro en "U".
  • Obstruir el paso de vehículos o peatones en una bocacalle.
  • Realizar giro a la izquierda en zona prohibida.
  • Circular sin el sistema de silenciador en condiciones.
  • Circular transgrediendo las condiciones técnicas del vehículo: frenos, dirección, etcétera.
  • Circular con fallas en el sistema lumínico: luz alta, baja, de posición, de giro.

Faltas gravísimas

  • Circular sin licencia de conducir.
  • Circular en motocicleta sin casco homologado.
  • Circular sin seguro obligatorio.
  • Circular sin cinturón de seguridad colocado en asientos delanteros y traseros.
  • Viajar con menores de 12 años en el asiento delantero.
  • Viajar con menores de 4 años sin la sillita apropiada.
  • Conducir en estado de intoxicación alcohólica.
  • Conducir utilizando sistema de telefonía móvil, auriculares y/o monitores de video.
  • Circular en contramano.