Certificado Único de Discapacidad: ¿qué ocurre con la cobertura de los audífonos?

Las obras sociales y prepagas están obligadas a cubrir la totalidad de los audífonos para personas con CUD por hipoacusia, incluyendo ajustes y service

Editado por Paula Alonso
alonso.paula@diariouno.com.ar

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es el documento público de validez nacional que acredita la discapacidad en la República Argentina y otorga el acceso a los derechos y prestaciones estipuladas por las leyes nacionales 22.431 y 24.901. Sin embargo, en el ámbito de la salud auditiva, suelen surgir dudas frecuentes sobre el nivel de cobertura que exige la normativa vigente cuando a una persona le diagnostican una hipoacusia o pérdida auditiva.

¿El CUD ayuda a cubrir la cobertura total de los audífonos?

Para las personas que cuentan con el CUD expedido por hipoacusia o condiciones asociadas, la respuesta legal es contundente: las obras sociales y las empresas de medicina prepaga están obligadas a garantizar la cobertura del 100% de los audífonos, de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Prestaciones Básicas en Rehabilitación e Integración a Favor de las Personas con Discapacidad.

Teniendo el CUD, las obras sociales y prepagas deben cubrir al 100% los audífonos.

Esta prestación integral no se limita únicamente a la entrega del dispositivo. La cobertura completa incluye:

  • Selección del tipo de audífono adecuado para la pérdida auditiva diagnosticada (sea monoaural o binaural).
  • Todos los ajustes técnicos iniciales y periódicos necesarios para la correcta adaptación del paciente.
  • Insumos indispensables para el funcionamiento continuo del dispositivo.
  • Service técnico ante fallas o desgaste por uso habitual.

Se puede acceder a un audífono gracias al CUD.

Para iniciar el trámite ante la obra social o prepaga, el afiliado debe presentar la prescripción médica emitida por un especialista en Otorrinolaringología (ORL), los estudios audiológicos correspondientes (como audiometría o potenciales evocados) y la copia vigente del CUD.

En caso de que la entidad médica demore injustificadamente la entrega, pretenda cobrar un coseguro o limite la cobertura argumentando techos presupuestarios o de marcas específicas, el paciente tiene derecho a realizar la denuncia ante la Superintendencia de Servicios de Salud o recurrir a asesoramiento legal mediante un recurso de amparo. El acceso a la salud auditiva es un derecho garantizado por ley que busca asegurar la plena inclusión e integración social de las personas con discapacidad.

En pocas palabras

  • CUD y audífonos: las obras sociales y prepagas deben cubrir el 100% de los audífonos para personas con discapacidad auditiva.
  • Cobertura integral: incluye selección, ajustes, insumos y service técnico de los dispositivos auditivos.
  • Trámite y reclamo: se necesita prescripción médica, estudios y CUD; se puede denunciar demoras ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
Resumen generado por Thinkindot AI

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