La ANSES confirmó todas las fechas de pago del aguinaldo a los jubilados durante el mes de junio. Además, también se dio a conocer el monto mínimo que tienen asegurado aquellos que cobran la mínima y si para el cálculo del aguinaldo se tendrá en cuenta el bono de $70.000.

Desde ANSES recordaron que el aguinaldo es el 50% del mejor de los haberes recibidos. En el caso de los jubilados, será la mitad de los haberes que se pagarán en junio, que se abonarán con un 2,8% de aumento.

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ANSES: de cuánto será el aguinaldo de los jubilados

Según lo confirmado por ANSES, con el aumento del 2,8% que se va a dar en junio, la jubilación mínima pasará a ser de $304.695,08. Además, este sector va a cobrar un bono de $70.000.

Sin embargo, el bono de $70.000 no se tiene en cuenta a la hora de calcular el aguinaldo, por lo que un jubilado que cobra la mínima va a cobrar un plus, por aguinaldo, de $152.437,54.

Hay que tener en cuenta, explicaron desde ANSES, que el aguinaldo será cobrado por los jubilados, en las mismas fechas que los haberes y el bono.

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ANSES: Fechas de pago del aguinaldo a jubilados en junio

Según el calendario de pago de ANSES, los jubilados cobrarán en la misma fecha de junio los haberes y el correspondiente aguinaldo. Las fechas de pago son las siguientes:

Jubilados que no superan un haber mínimo:

  • Documentos terminados en 0: a partir del día 9 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 1: a partir del día 10 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 2: a partir del día 11 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 3: a partir del día 12 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 4: a partir del día 13 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 5: a partir del día 17 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 6: a partir del día 18 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 7: a partir del día 18 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 8: a partir del día 19 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 9: a partir del día 23 de junio de 2025

Jubilados que superan un haber mínimo:

  • Documentos terminados en 0 y 1: a partir del día 24 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 2 y 3: a partir del día 25 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 4 y 5: a partir del día 26 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 6 y 7: a partir del día 27 de junio de 2025
  • Documentos terminados en 8 y 9: a partir del día 30 de junio de 2025

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