La Suprema Corte falló, a través de un plenario, que los intendentes solo puedan reelegirse una sola vez.

Fue través de un ajustado fallo que, al mismo tiempo y después de 30 años de cerco jurídico, despeja el camino para que los gobernadores de Mendoza puedan competir por la reelección, previa reforma constitucional.

En pleno año electoral, esta decisión de los siete jueces, que se conoció este viernes, pone fin a una tensa disputa política de casi un año entre el gobernador Alfredo Cornejo y los caciques peronistas de San Martín, Lavalle, Tunuyán y San Rafael, quienes el 1 de septiembre buscarán renovar sus mandatos por cuatro años más.

 Embed      

Jorge Nanclares, Omar Palermo, Julio Gómez, Dalmiro Garay, José Valerio, Mario Adaro y Pedro Llorente resolvieron que el decreto 2010 firmado por Cornejo en noviembre último se ajusta a las normas constitucionales vigentes, a pesar del cuestionamiento de Jorge Giménez, Roberto Righi y Martín Aveiro con el sanrafaelino Emir Félix a la cabeza.

Se trató de un fallo dividido: 4 a 3. Los magistrados que rechazaron el reclamo de los intendentes peronistas y ratificaron la reforma son Jorge Nanclares, Pedro Llorente, Dalmiro Garay y José Valerio. En cambio, los que votaron a favor del pedido de los jefes territoriales son Omar Palermo, Julio Gómez y Mario Adaro.

A través de esa pieza administrativa, el Gobierno, decidido a sacar a ese sector del peronismo del tablero electoral de este año, ejecutó una modificación de la Carta Magna tomando como referencia una consulta popular de 2009 durante la gestión de Celso Jaque.

Pese a los guarismos favorables de ese referendo, la pretendida enmienda del artículo 198 nunca se concretó porque un fallo de la Suprema Corte establecía desde 1989 que los cambios en la Constitución local deben contar con el aval de una mayoría conformada por la mitad más uno de los votantes que figuran en el padrón general y no de los votantes que efectivamente hayan sufragado.

Fijada por la entonces magistrada Aída Kemelmajer de Carlucci y apoyado por su par Llorente, único magistrado que se pronunció en ambos pleitos, esa interpretación se transformó en un escollo para la reelección de los gobernadores desde entonces. Hasta ahora.

A fines de 2018, la jugada de Cornejo fue estratégica y apuntó a conseguir dos metas.

La primera: sacar a los peronistas de la intensa puja electoral de este año, objetivo que reprobó porque Félix y compañía llevaron el caso a la Justicia y la Sala II de la Corte emitió la primera sentencia recién en marzo, al filo de las PASO en sus departamentos y fue adversa. Dicen que el error del mandatario fue no haber iniciado antes este proceso.

La segunda, que fue todo un éxito: obligar a la Corte a fijar el nuevo criterio, a partir de ahora, de que las reformas de la Carta Magna pueden ejecutarse con el apoyo en las urnas de la mitad más uno de los votantes que efectivamente hayan sufragado.  Y éste parece ser el gran logro alcanzado.

El fallo completo acá.

Temas relacionados: