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Reforma del Código Procesal Penal en Mendoza
Según indicaron desde el Ejecutivo, con esta propuesta se pretende hacer más eficiente el tránsito para que el Ministerio Público Fiscal lleve adelante las investigaciones y recolete los elementos esenciales para determinar si corresponde avanzar hacia el juicio oral.
Esta nueva modificación busca reducir los tiempos en la etapa preparatoria, evitando dilaciones y promoviendo un paso más ágil hacia el juicio oral, esto es, agilizando los procesos en las etapas primigenias de las investigaciones.
“Si la investigación que llevan adelante los Fiscales de Instrucción es solamente preparatoria de la acusación, parece razonable buscar un punto de equilibrio que no suspenda ni aletarde la investigación, entre las facultades que se le otorgan al titular de la acción y el control que de ellas se concede a las otras partes, pues de lo contrario, estamos dilatando una etapa procesal preliminar que solo es “preparatoria” del juicio oral”, reza el proyecto en los argumentos.
La iniciativa propone la reforma de once artículos del Código y la incorporación del artículo 362 bis, que dispone el procedimiento a cumplir en el caso de que existiera una discrepancia entre el juez y el fiscal a cargo de la investigación al momento de plantear una solicitud de sobreseimiento.
Todo ello, siempre bajo la consigna de otorgar al proceso penal mayor agilidad y transparencia.
Los artículos que el Ejecutivo propone modificar son: 22; 201; 346; 347; 350; 355; 360; 361; 466; 481 y 482. Los mismos tratan sobre incidentes en trámites separados, la oportunidad y forma de nulidades, oposiciones y recursos de apelación, entre otras medidas judiciales.