Terrenos en el Sur provincial

Reconocimiento de tierras a los mapuches: desde la Legislatura de Mendoza cuestionaron a la Nación

El bloque de la UCR de la Cámara de Senadores presentó dos proyectos en rechazo de la cesión de más de 21.000 hectáreas ubicadas en Malargüe y San Rafael

Por UNO

También recalcaron que acompañan la decisión del gobernador Rodolfo Suarez de que Asesoría de Gobierno y Fiscalía de Estado realicen los procedimientos necesarios para declarar la inconstitucionalidad y le pidieron a los intendentes que se manifiesten ante la Justicia, sobre todo a Emir Felix de San Rafael ya que gran parte del territorio en cuestión pertenece a su departamento.

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Uno de los proyectos fue presentado por la presidenta provisional del Senado, Natacha Eisenchlas; el presidente del bloque de Senadores del Frente Cambia Mendoza, Martín Kerchner y los senadores Mercedes Rus, Cecilia Cannizzo y Abel Freidemberg. Este tiene por objetivo manifestar el rechazo de la Honorable Cámara de Senadores por la cesión de tierras del Sur de Mendoza por parte del Poder Ejecutivo Nacional a las comunidades El Sosneado y Suyai Levfu.

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Las tierras reconocidas por el INAI a los mapuches en San Rafael, según consta en la resolución del organismo nacional.

Las tierras reconocidas por el INAI a los mapuches en San Rafael, según consta en la resolución del organismo nacional.

Las resoluciones del INAI a favor de los mapuches en el Sur de Mendoza

La Nación otorgó la posesión de aproximadamente 21.000 hectáreas a dos comunidades mapuches, El Sosneado y Suyai Levfu, a través de las resoluciones 36 y 42/2023 dictadas por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Ambas resoluciones parten de la ley nacional Nº 26.160 que declara la "emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras indígenas”, aunque existe una notable contradicción entre el texto de dicha ley y el texto de las resoluciones, según la visión de los legisladores radicales.

El artículo 1 de la mencionada norma expresa claramente: "Declárase la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de cuatro años”.

"Ambas comunidades no cuentan aún con personería jurídica", destacaron, siendo esta circunstancia uno de los requisitos fundamentales. "Por los motivos expuestos, los legisladores consideraron que el no respeto a las disposiciones legales vigentes, atenta contra la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley, ambas características esenciales y definitorias del Estado de derecho", manifestaron.

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Sobre la cesión de terrenos del INAI, el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance, dijo que en Mendoza no existieron comunidades mapuches. Y definió a esos habitantes como puesteros.

Sobre la cesión de terrenos del INAI, el secretario de Ambiente, Humberto Mingorance, dijo que en Mendoza no existieron comunidades mapuches. Y definió a esos habitantes como puesteros.

El otro proyecto que ingresó a la Cámara Alta, es de autoría de los senadores que representan a San Rafael, Abel Freidemberg y Cecilia Cannizzo. En el escrito expresaron que verían con agrado que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) derogue las resoluciones N° 36/2023 y 42/2023 con la finalidad de "garantizar la plena vigencia del Estado de Derecho en el territorio de Mendoza, precisamente en San Rafael y Malargüe".

La Ley 26.160 declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocuparon las comunidades indígenas originarias del país y regula la intervención del INAI en el tema.

La resolución que afecta a las hectáreas de San Rafael "tiene repercusión directa sobre los intereses de la Provincia y las Municipalidades involucradas, además de una eventual violación a la propiedad privada".

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