A la inversa, la oposición ya no necesitará mayorías en ambas cámaras para derribar los decretos y le bastará con rechazarla en una sola para derogarlos.
En caso de que los decretos sean derogados, el Poder Ejecutivo no podrá disponer un decreto que verse sobra la misma materia hasta el siguiente año parlamentario.
Además, con esta reforma quedará prohibido que un mismo decreto verse sobre más de una materia, algo que sucedió, por ejemplo, con el polémico y resistido mega DNU.
Una victoria a medias de la oposición
Se trata de una pírrica victoria para el oficialismo, que gana tiempo hasta que el Senado vuelva a tratar, posiblemente después de las elecciones, esta iniciativa que apunta a poner en jaque la capacidad del presidente de gobernar a través de un instrumento discrecional como los DNU.
Si bien la oposición había obtenido una mayoría holgada en la votación en general, con 140 votos a favor, 80 en contra y 17 abstenciones, el proceso se complicó cuando se votó en particular.
El artículo 3 de la reforma a la ley 26.122, que establecía un plazo de vigencia de 90 días a los decretos, al darle ese período de tiempo al gobierno para lograr la convalidación en las dos cámaras, salió rechazado porque no superó el umbral de los 129 votos positivos, que corresponde a la mayoría absoluta.
Los bloques opositores quedaron a apenas dos votos, con 127 positivos, 90 negativos y 17 abstenciones.
Para convertirse este miércoles en ley, era necesario que la totalidad de los artículos quedaran ratificados tal como vinieron del Senado.