La Justicia falló a favor de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) y permitió quitar la tutela judicial a dos trabajadores que recibían un adicional económico, el cual, según la institución, ya no se justificaba por razones operativas.
Esteban Gustavo Bernardeau y Roberto Obdulio Picchio, quienes ocupaban cargos de jefatura en áreas claves de la entidad, mantenían el cobro de un extra por trabajar a tiempo completo, pese a que sus sectores ya no requerían esa carga horaria.
El problema radicaba en que estaban protegidos por la Ley de Asociaciones Sindicales que impide modificar las condiciones laborales de delegados gremiales sin autorización judicial.
La situación se destrabó con dos fallos judiciales de la Tercera y Quinta Cámara del Trabajo de Mendoza, que autorizó a OSEP a excluirlos de la tutela sindical, bajo el argumento de que la decisión de quitarla no "obedece a una persecución gremial, sino a una necesaria reestructuración institucional".
Los argumentos de OSEP para excluir a dos trabajadores de la protección sindical
OSEP justificó ante la Justicia que el pago del adicional por tiempo completo respondía a necesidades específicas del servicio y que luego de un cambio en la estructura operativa, la implementación de nuevas tecnologías y la digitalización de distintos procesos, ya no era necesaria la disponibilidad extendida de estas dos personas.
A partir del 1 de julio de 2024, la obra social dejó de renovar el pago de ese beneficio para varios trabajadores, incluidos Bernardeau y Picchio.
Sin embargo, como ambos tenían cargos gremiales (uno como secretario general de Seosep y CTA, y el otro como congresal de FATSA) fue necesario atravesar un proceso judicial para avanzar en la modificación.
Qué resolvió la Justicia sobre el caso OSEP
La Tercera Cámara del Trabajo resolvió para el caso de Bernardeau que los adicionales se "otorgan y finalizan de acuerdo con las necesidades del servicio" y que su continudad no puede sostenerse sólo por el hecho de tener representación sindical.
Respecto a Picchio, la Quinta Cámara explicó que no hubo persecución gremial y que las razones técnicas y operativas esgrimidas por la institución eran válidas. Incluso subrayaron que el propio empleado reconocía que la administración tiene facultad para otorgar o quitar adicionales y que la digitalización de los expedientes eliminó la necesidad de disponibilidad fuera del horario habitual.





