Lluvia y peligros

El Niño se acerca y los inspectores de cauce sumaron una vía rápida para compras de material y obras urgentes

Cambios en Irrigación. Las Inspecciones de Cauce podrán contratar directamente ante daños o riesgos urgentes. Esperan un verano con lluvias extraordinarias

El Niño se viene con todo. Y si una crecida erosiona un canal, una tormenta obstruye una hijuela o el caudal amenaza una compuerta, la respuesta ya no tendrá que esperar los tiempos de una contratación ordinaria: Irrigación habilitó un régimen excepcional para que las Inspecciones de Cauce compren materiales, contraten servicios y ejecuten obras urgentes.

La medida quedó establecida mediante la Resolución 333 del Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación, publicada este viernes en el Boletín Oficial. El régimen se centra en el verano. Tendrá vigencia mientras subsistan las condiciones extraordinarias y, como máximo, hasta el 30 de abril de 2027, salvo que exista una prórroga.

Mendoza se prepara para un verano que, por efecto de El Niño, tendrá más precipitaciones que lo habitual. Imagen ilustrativa.

Mendoza se prepara para un verano que, por efecto de El Niño, tendrá más precipitaciones que lo habitual. Imagen ilustrativa.

La norma no habilita una vía rápida para cualquier gasto. Sólo podrá utilizarse cuando exista una relación directa y comprobable con la prevención, atención o reparación de daños sobre la infraestructura hídrica y cuando seguir el procedimiento habitual resulte incompatible con la urgencia.

Qué situaciones permitirán una contratación directa

Las Inspecciones de Cauce administran las redes secundaria y terciaria de distribución del agua dentro de sus respectivas jurisdicciones. Entre sus responsabilidades se encuentran la operación y el mantenimiento de canales, hijuelas, desagües, tomas y compuertas.

Irrigación fundamentó el régimen en las contingencias que podrían presentarse durante el escenario climático 2026-2027: precipitaciones intensas, crecidas, aumento de caudales, erosión, obstrucciones y daños en la infraestructura hidráulica.

La contratación excepcional procederá cuando una demora pueda provocar:

  • Una interrupción grave en la distribución del agua.

  • El agravamiento de daños existentes.

  • Riesgos para personas o bienes.

  • Pérdida de capacidad de conducción.

  • Erosión, roturas u obstrucciones.

  • Una afectación relevante de las obras hidráulicas.

Entre las intervenciones expresamente contempladas aparecen la limpieza extraordinaria y desobstrucción de cauces; la reparación, reconstrucción o refuerzo de márgenes, defensas y terraplenes; y los trabajos sobre compartos, compuertas y tomas.

A pesar de los esfuerzos gubernamentales, los mendocinos siguen arrojando toneladas de basura a los cauces. Imagen ilustrativa.

A pesar de los esfuerzos gubernamentales, los mendocinos siguen arrojando toneladas de basura a los cauces. Imagen ilustrativa.

También podrán adquirirse con urgencia áridos, gaviones, geotextiles, cemento, hormigón, cañerías, elementos metálicos, combustibles y repuestos. El régimen permite, además, alquilar maquinaria y contratar equipos o servicios especializados.

La enumeración no es cerrada. Podrán incorporarse otras prestaciones, pero deberán ser indispensables y urgentes para prevenir o superar una contingencia relacionada con El Niño.

Qué gastos quedaron excluidos

La resolución deja afuera las compras habituales o que puedan programarse, las obras nuevas y las mejoras que no sean indispensables. Tampoco podrán tramitarse mediante este sistema los bienes sin vinculación inmediata con la contingencia ni los gastos cuya relación con El Niño no se encuentre debidamente acreditada.

La norma no asigna una partida específica ni presenta un listado previo de obras. Los gastos deberán afrontarse con recursos legalmente disponibles de cada Inspección, fondos de urgencia, aportes, reembolsos, programas de inversión u otras fuentes autorizadas. No se podrán asumir compromisos sin crédito suficiente ni utilizar fondos afectados para otro destino sin la autorización correspondiente.

Sergio Marinelli, el titular de Irrigación.

Sergio Marinelli, el titular de Irrigación.

El informe que deberá justificar cada urgencia

Antes de iniciar una contratación, el Inspector de Cauce deberá firmar un informe que precise el lugar, el hecho o riesgo detectado, su relación con El Niño, la urgencia, las explicaciones técnicas, las consecuencias de una demora y las prestaciones estrictamente necesarias.

El informe deberá comunicarse inmediatamente a la Subdelegación de Aguas o a la Jefatura de Zona. Cuando la situación permita esperar, será necesaria una conformidad técnica previa.

Si existe peligro en la demora, la Inspección podrá ordenar las medidas mínimas indispensables y comunicarlas dentro de las 24 horas hábiles siguientes.

Tres presupuestos y controles posteriores

Las Inspecciones deberán procurar al menos 3 cotizaciones o antecedentes comparables, siempre que las circunstancias lo permitan. Para elegir una oferta no sólo se considerará el precio: también se evaluarán la disponibilidad inmediata, el plazo de ejecución, la capacidad técnica y la calidad.

La contratación directa tampoco exime de acreditar la necesidad del gasto, la razonabilidad del precio, la disponibilidad presupuestaria y la efectiva recepción de los bienes, servicios u obras.

Los valores podrán compararse mediante cotizaciones, precios testigo, antecedentes recientes, valores oficiales o análisis de costos. Sólo en una situación de extrema urgencia ese control podrá completarse después de neutralizado el riesgo y con la correspondiente justificación.

Un legajo para reconstruir cada decisión

Cada operación deberá quedar reunida en un legajo identificado como “Fenómeno El Niño 2026-2027”. Allí tendrán que incorporarse el informe de urgencia, los antecedentes técnicos, la estimación de costos, la constancia presupuestaria, las cotizaciones, la decisión de contratar y la orden de compra o contrato.

En el caso de las obras, se exigirá, en la medida en que las circunstancias lo permitan, una memoria técnica, cómputo, presupuesto, plazo, responsable y certificación final. Si la emergencia impide preparar esos instrumentos antes de comenzar, deberán completarse dentro de los 5 días hábiles siguientes al inicio de los trabajos.

La resolución establece, además, que los inspectores de Cauce y los demás responsables intervinientes responderán personalmente por la veracidad de los antecedentes, la existencia de la urgencia, la necesidad y razonabilidad del gasto, la aplicación de los fondos y la integridad de la documentación.

En pocas palabras

  • Irrigación agiliza: se habilita régimen excepcional para compras y obras urgentes en canales ante riesgos de El Niño 2026-2027.
  • Contratación directa: permite actuar ante daños o riesgos urgentes sin demoras, con justificación clara y hasta el 30 de abril de 2027.
  • Control y justificación: se exigen informes detallados, al menos 3 cotizaciones (si es posible) y legajos para cada intervención de emergencia.
Resumen generado por Thinkindot AI