Diputados aprobó el nuevo Régimen Penal Juvenil y ya es ley en Mendoza

Con 32 votos positivos y 10 negativos, los legisladores aprobaron la baja en la edad de imputabilidad de los menores a los 14 años. Ahora falta su promulgación

La votación fue de 32 votos positivos, 10 negativos y 0 abstenciones.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, así lo destacó en su red social X.

Qué dijo la ministra de Seguridad sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil

La ministra de Seguridad, Mercedes Rus, destacó la sanción del nuevo Régimen Penal Juvenil y sostuvo que la edad de los adolescentes no debe impedir que la Justicia intervenga cuando cometen delitos.

Según planteó, la nueva ley establece herramientas para exigir responsabilidad y aplicar consecuencias, pero también para favorecer la reinserción y evitar que los jóvenes continúen vinculados al delito. “En Mendoza, delinquir tiene consecuencias”, afirmó la funcionaria en X.

Rus posteó en sus redes sociales la votación de Diputados minutos después de su aprobación.

Qué cambia para los adolescentes de 14 a 18 años

Mendoza adecuó su legislación a la Ley Nacional de Régimen Penal Juvenil 27.801 y estableció un nuevo esquema para los adolescentes de entre 14 y 18 años que sean acusados de cometer delitos. El régimen modifica los procedimientos judiciales, crea un fuero especializado y establece medidas específicas para la detención, la prisión preventiva y el seguimiento de los jóvenes, con un sistema que combina responsabilidad penal, reinserción y justicia restaurativa.

Una de las principales modificaciones es la creación de una estructura judicial especializada, integrada por el Tribunal Penal Juvenil, Juzgados Penales Juveniles, Fiscalías y Defensorías específicas. Los procesos estarán regidos por la oralidad, la celeridad y la confidencialidad, además de incorporar perspectiva de género y un criterio de “plazo razonable reforzado”, con vencimientos que no pueden extenderse indefinidamente.

Juicios más rápidos y protección de la identidad

Con el nuevo Régimen Penal Juvenil los adolescentes pueden ser detenidos a partir de los 14 años.

En los casos de flagrancia se establece un procedimiento específico. La primera audiencia deberá realizarse dentro de los tres días posteriores a la imputación, con el objetivo de acelerar las primeras decisiones judiciales.

El régimen también refuerza la protección de la identidad de los adolescentes. Está prohibida la difusión de sus nombres, imágenes o cualquier otro dato que permita identificarlos cuando sean imputados, víctimas o testigos. Además, la Justicia podrá ordenar el retiro inmediato de contenidos publicados en medios digitales que vulneren esa reserva.

Ante dudas sobre la edad del adolescente o sobre si corresponde atribuirle responsabilidad penal, el régimen establece que deberá aplicarse la interpretación más favorable para el joven.

Qué pasa cuando un adolescente es detenido

Las Unidades de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia (UPANA) funcionarán como lugares de alojamiento transitorio y excepcional antes de que se adopten las resoluciones judiciales correspondientes.

La privación de la libertad queda definida como una medida excepcional y restrictiva. La prisión preventiva solamente podrá disponerse cuando existan riesgos concretos de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

Además, tendrá un límite de tres meses por período y un máximo absoluto de 18 meses, incluidas las prórrogas. Cuando corresponda una medida de privación de la libertad, deberá cumplirse exclusivamente en establecimientos de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ), separados de los destinados a adultos.

El nuevo régimen también establece medidas cautelares alternativas, entre ellas el monitoreo electrónico y la permanencia domiciliaria supervisada. No podrán imponerse cauciones económicas que resulten imposibles de afrontar para el adolescente o su familia.

Cuál es la función de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil

La DRPJ será el organismo encargado de aplicar el nuevo régimen y estará organizada en dos áreas principales.

La Unidad de Privación de Libertad Juvenil tendrá a su cargo los centros especializados, la custodia, los traslados y el tratamiento socioeducativo de los adolescentes privados de su libertad. La escolarización tendrá carácter prioritario y deberá garantizarse la continuidad educativa y la formación profesional. Incluso está establecido que la educación no puede suspenderse como sanción disciplinaria.

La segunda área será la Unidad de Medidas Alternativas (UMA), que diseñará y supervisará programas territoriales y comunitarios destinados a acompañar a los adolescentes que no estén privados de su libertad. El objetivo será trabajar sobre su inclusión educativa, laboral y sanitaria.

Un seguimiento individual para cada adolescente

El régimen incorpora la figura del Supervisor Especializado, que deberá comenzar el abordaje con un diagnóstico de la situación del adolescente y su grupo familiar.

A partir de esa evaluación se elaborará un Proyecto de Reintegración Social, que será seguido durante el proceso y cuyos avances serán informados al juez.

La idea es que la intervención no termine en la sanción penal. El sistema contempla medidas destinadas a que el adolescente pueda continuar estudiando, capacitarse, incorporarse al ámbito laboral y reparar, cuando corresponda, el daño provocado.

En ese esquema también aparece la justicia restaurativa y la mediación. Para llevar adelante esos procesos se crea el Cuerpo de Mediadores Penales Juveniles, que funcionará bajo la órbita de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.

También hay un régimen para los adolescentes no punibles

El objetivo de las medidas para adolescentes no punibles es que puedan ser incluidos en medidas de protección e intervención acordes con su edad y situación.

La nueva legislación contempla además situaciones en las que el adolescente no alcanza la edad o las condiciones para ser considerado punible. Para esos casos establece un procedimiento específico de intervención estatal.

El objetivo es que esos adolescentes no queden fuera de todo abordaje, sino que puedan ser incluidos en medidas de protección e intervención acordes con su edad y situación.

La adecuación provincial al nuevo Régimen Penal Juvenil, de este modo, no se limita a establecer qué ocurre cuando un adolescente comete un delito. También reorganiza el sistema judicial, fija límites temporales para las medidas restrictivas de la libertad y crea dispositivos destinados al acompañamiento educativo, familiar y social durante el proceso.

En pocas palabras

  • Régimen Penal Juvenil: Diputados aprobó la baja en la edad de imputabilidad a 14 años.
  • Modificaciones clave: Se establece un fuero especializado y plazos para la investigación y prisión preventiva.
  • Objetivo principal: Priorizar medidas alternativas a la privación de la libertad y la reinserción social.
Resumen generado por Thinkindot AI

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