"No existe modo de penetrar en el interior de la conciencia del acusado para verificar la existencia de ese arrepentimiento y, en su caso, predicar científicamente su sinceridad. Tampoco debe soslayarse que puede tener una motivación estratégica y que no garantiza su propósito de enmienda; sobre todo teniendo en cuenta que para entonces 'el cadáver ya había sido descubierto y su detención era inminente'", sostuvo en su voto el juez Jantus, al que adhirieron sus colegas.
El acusado, quien era empleado de la empresa de seguridad Gruspa y trabajaba como vigilador nocturno en la redacción de la agencia de noticias Télam, fue juzgado como autor de un "homicidio criminis causae en concurso ideal con robo agravado por el uso de armas", delito que prevé la pena de prisión perpetua.
Sin embargo, el TOC 30 no determinó el móvil del crimen ni compartió el alegato de la fiscalía al respecto y lo condenó a 22 años por el delito de "homicidio".
"Para la acusadora pública, Reyes mató para cometer otro delito, y pretendió que se ha comprobado la conexión subjetiva entre el homicidio de Nicolás Silva y el delito que según ella, era su finalidad. Pero aquí aparece una cuestión de decisiva importancia. Y es que la señora Fiscal no ha logrado explicar y menos acreditar, cuál es este delito, y en consecuencia, no pudimos saberlo. Ni la defensa, ni el tribunal", explicó el fallo.
Los jueces analizaron que "Reyes confesó el homicidio, pero no el delito conexo, que como tal debió ser objeto de prueba de la acusación en virtud del onus probandi".
"No puede presumirse que ese ilícito existió solo porque se confesó haber dado muerte a Silva. Por el contrario, la duda sobre lo sucedido que subyace en toda la investigación, en cuanto a las razones o motivaciones de esa muerte, se afianzan ante el silencio de Reyes, (que por otra parte niega la cifra de 70.000 pesos que mencionaron los testigos) antes que disiparse, pues en tren de descargar su conciencia, y especialmente de liberar de responsabilidad a su mujer -tal como surge de la carta- cabe presumir que si el objeto de esa muerte fue otro hecho, lo habría también confesado", sostuvieron.
22 años cárcel a vigilador privado que mató a "arbolito"
Los magistrados dieron por acreditado que el asesinato de Silva ocurrió el día 4 de octubre de 2016, en el interior del departamento situado en la calle Venezuela 1218, piso 4° departamento "A", en el barrio de Monserrat.
"Ese día, la víctima arribó en horas de la mañana a la finca y por motivos que se desconocen, el imputado en determinado momento le asestó una puñalada con un elemento punzocortante -presumiblemente un cuchillo- en el flanco izquierdo a la altura del riñón -aunque sin afectarle órganos vitales- comprimiéndole luego el cuello hasta sofocarlo y causarle una asfixia mecánica mediante la utilización de una correa, que lo llevó a la muerte", explicó el Tribunal.
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Tras el crimen, Reyes "introdujo el cadáver de Silva en varias bolsas previo colocarle en la cabeza otra bolsa de color, escondiéndolo en el interior de un placard de la vivienda que habitaba con su mujer y sus hijos, trabando la puerta con un clavo".
"El cadáver permaneció oculto hasta el 13 de noviembre de 2016, cuando el cuerpo de Silva fue hallado en el departamento de Reyes por la Policía, a raíz de un llamado efectuado por la mujer del imputado. Al momento del hallazgo, el cuerpo se encontraba en avanzado estado de putrefacción, dentro de las bolsas con que se lo había recubierto y con la bolsa roja en su cabeza -atada fuertemente al nivel del cuello con dos o tres nudos- y una cinta o correa que rodeaba su cuello con dos vueltas", aseguraron los jueces.
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El día del hallazgo, Reyes se había retirado de su vivienda y fue localizado tres días después en una habitación del Hotel Galicia, de la calle Hipólito Yrigoyen 3072 del barrio porteño de Balvanera, en la que intentó suicidarse haciéndose cortes en los brazos.