La justicia condenó hoy a prisión a dos médicos sureños (que no es efectiva ya que gozan de la excarcelación) por haber realizado un aborto que terminó con la muerte del feto y con lesiones graves a la mujer. Además, se inhabilitó a ambos profesionales a ejercer la medicina en todo el país por 7 años y 4 meses.
La sentencia recayó en los médicos Jacinto Carballo (de San Rafael) y en Juan Carlos Bertomeu (de Malargüe). Al primero se lo condenó a 3 años y 8 meses por el delito de aborto profesional y lesiones culposas gravísimas en concurso real. La sentencia remarcó que Carballo seguirá en libertad hasta que la sentencia esté firme.
En tanto que para Bertomeu la condena fue de 5 años por aborto profesional, lesiones culposas gravísimas. También sigue en libertad hasta que la sentencia esté firme.En tanto que la mujer que consintió el aborto, Ramona Olivera, fue absuelta del delito de aborto consentido. El tribunal, presidido por el juez Jorge Yapur y completado por Aroldo Gorri y Raúl Rodríguez, también decidió hacer lugar al pedido de la defensa y anular un informe médico que figuraba en la instrucción.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio que en su momento realizó la fiscal María Eugenia Laigle, los dos médicos realizaron un aborto con consentimiento de Ramona Olivera, durante el cual murió el feto.También hubo lesiones por el mal uso de la cureta (instrumento en forma de cuchara con filo), lo que perforó el útero y el intestino grueso.
Al producirse esa situación, según consta en la elevación a juicio hecha por la fiscal, fue Bertomeu quien decidió trasladar a la mujer hasta el hospital de Malargüe, donde cumplía funciones.Trasladados por el marido de la mujer, llegaron a Malargüe a las 2.40 del 21 de abril y allí se le extirpó el útero y luego de hacer exéresis (separación quirúrgica) del tramo dañado de sigmoides (en el colon), efectuaron su traslado al exterior a través del ano contra natura.




