La Asociación Colombiana de Periodistas Deportivos (ACORD) apuntó contra el arquero de la Selección argentina, Emiliano Dibu Martínez, quien tuvo un polémico accionar con un camarógrafo tras el encuentro entre Colombia y Argentina.
En Colombia pidieron una sanción ejemplar contra Dibu Martínez por la agresión a un camarógrafo
El arquero de la Selección argentina tuvo una polémica reacción tras la derrota por 2 a 1 en Eliminatorias.
"ACORD Colombia rechaza de manera contundente el acto de agresión por parte del arquero argentino Emiliano Dibu Martínez hacia un camarógrafo", indicó el organismo en un comunicado que lleva la firma de su presidente Faiver Hoyos Hernández.
Además, señalaron que "pegar un manotazo para lanzar al césped los elementos al camarógrafo es un atentado a la libertad de expresión" y solicitan que la Federación Colombiana se pronuncie ante Conmebol, AFA y FIFA.
"ACORD como autoridad periodística deportiva en el país exige a FIFA se genere una sanción ejemplar contra el señor Emiliano Dibu Martínez que no es ejemplo para las nuevas generaciones", concluye el comunicado.
Una vez consumado el partido, el arquero argentino reaccionó de manera violenta al manotear una cámara que lo seguía en el campo de juego, un gesto que rápidamente se viralizó en redes sociales.
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El episodio que involucra a Martínez sucedió minutos después de que saludara a varios jugadores colombianos. Mientras se iba camino al vestuario, visiblemente enojado, se encontró de frente con una cámara que lo seguía y, sin mediar palabra o gesto, la golpeó con su mano, tirándola al suelo.
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Qué sanción podrían aplicarle a Dibu Martínez
El panorama para el arquero argentino podría complicarse si la FIFA decide aplicar el Código Disciplinario que rige para este tipo de situaciones.
En el Capítulo 2 del Reglamento se habla de infracciones en partidos o competiciones, y en su numeral 1 se especifica que “los jugadores y los oficiales serán suspendidos conforme se especifique y se les podrán imponer las multas correspondientes”.
Además, en el ítem i del mismo capítulo, se advierte que las sanciones por agredir a otra persona que no sea un oficial del partido incluyen la suspensión de "al menos tres partidos o un periodo de tiempo adecuado".




