La Cámara de Diputados dio sanción definitiva y convirtió en ley provincial la iniciativa del diputado Lucas Ilardo (FPV), que modifica el artículo 121 de la Ley 6.082 de Tránsito de Mendoza.
Se reforma así el procedimiento que rige los accidentes viales, con el objetivo de que, una vez demarcado el conflicto y, siempre y cuando no se hayan producido víctimas fatales ni heridos, se proceda a quitar los obstáculos de las vías de circulación para evitar las molestias que pudieran ocasionar a terceros.
Será obligatorio "suministrar los datos de la licencia de conductor y del seguro obligatorio a la otra parte o partes y a la autoridad interviniente. Si estos no estuviesen presentes, debe dejar tales datos adhiriéndolos eficazmente al vehículo dañado, denunciar el hecho ante la autoridad competente y comparecer y declarar ante la autoridad de juzgamiento o de investigación administrativa, cuando sean citados".
La ley aclara que "de no ser posible se deberá realizar la señalización del accidente con las balizas de los intervinientes, hasta que la autoridad se haga cargo del procedimiento".
En los fundamentos de la norma se indica que "es corriente notar el caos que ocasionan los vehículos que participan en accidentes de tránsito al obstaculizar el paso a terceros; todo ello sumado a la espera de la autoridad correspondiente para que realice los procedimientos pertinentes, lo que ocasiona congestionamientos en las calles y el consecuente retraso y molestias por estas situaciones".
Por último, es de destacar que soluciones como la propuesta por el diputado Ilardo se han adoptado en Santa Fe y en la provincia de Buenos Aires sin obstruir la investigación accidentológica.



