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Son entre 3.000 y 4.000 los mendocinos que esperan el reajuste de sus haberes y el retroactivo tras el fallo de la Justicia federal.

En un año recién podrán cobrar los docentes que están jubilados

Por Cecilia Osorioosorio.cecilia@diariouno.net.ar

Los docentes mendocinos que se jubilaron antes de 1996 y le iniciaron juicio a la ANSES por las consecuencias de la transferencia de la Caja de Jubilaciones de la Provincia a la Nación, que obtuvieron recientemente sentencias favorables, deberán esperar al menos un año para recibir el pago correspondiente. El argumento de las demandas fue que estas personas pasaron a cobrar haberes menores a los establecidos en el sistema de reparto provincial al que hicieron sus aportes, que estipulaba jubilaciones de acuerdo al 82% móvil del sueldo activo para su mismo cargo y función, y se considera un derecho adquirido. Son entre 3.000 y 4.000 los jubilados que están en proceso judicial y cerca de 17 los que ya obtuvieron dictamen a favor de la Justicia federal, pero el reajuste de las jubilaciones y la liquidación del retroactivo no serán rápidos: uno de los inconvenientes es la dificultad para completar la documentación de cada demandante, tras muchos años de litigio y algunos más de espera.

Una vez que el caso obtiene el dictamen favorable del juez, desde el SUTE y la Asociación de Educadores Provinciales Jubilados convocan a los demandantes a firmar la notificación y pagar los honorarios del juicio (unos $3.000, dictaminados por ley) para remitirlo a la ANSES. “Cada expediente tiene 20 casos y para su salida se debe completar la documentación de todos los jubilados que lo integran. Ocurre que no es sencillo ubicar a muchos de los ancianos/as que iniciaron el proceso en 2005, porque cambiaron de domicilio, por ejemplo. En otros casos, al haber fallecido, tenemos que dar con sus familiares, que son quienes recibirán el pago”, dijo Lilian Pesalaccia, de la asociación.El asesor legal del SUTE y quien llevó la defensa de los docentes durante todo este tiempo, Héctor Santander, explicó que “sin autorización del juez no es posible desarmar los expedientes para desglosarlos y peticionarlo sería un trámite más engorroso”.Cuando el expediente llegue al organismo nacional que administra la seguridad social, este tiene 120 días hábiles (unos 6 meses si se cuentan días feriados y paros) para resolver, mientras que la acreditación correspondiente puede extenderse un poco más.“Es factible que una vez que tengamos varios de los trámites en ANSES, desde el SUTE y la Confederación de Trabajadores de la Educación (CTERA) se hagan gestiones para que sea todo lo más rápido posible”, afirmó Santander.El letrado aportó que una vez que un caso sentó precedente y el proceso se activó “en el juzgado federal estuvimos esperando sentencias por un año. Son plazos judiciales y administrativos”.

Reclamo judicial

  • Pedido. En 2005 se iniciaron los trámites administrativos ante la Provincia, en reclamo del derecho a que se les liquidara sus haberes con el 82% móvil, por haberse jubilado con ese beneficio.
  • Sentencia. Después de distintas apelaciones judiciales e instancias administrativas, el 18 de marzo la Justicia les dio la razón a los jubilados, obligando a la ANSES a liquidar conforme a esa pauta de movilidad.

Cómo se aplica el índice de movilidad

Otro aspecto sobre el que avanzó el apoderado legal del SUTE, Héctor Santander, tiene que ver con las diferencias que aún existen en el cálculo de los haberes de los docentes que se jubilaron después de 1995 de acuerdo con el régimen de la Ley General de Jubilaciones 24.241.Se debe a las diferencias que se han ido arrastrando entre los distintos mecanismos previstos para determinar la movilidad, es decir cómo se ajustan las jubilaciones cada vez que aumentan los sueldos de los docentes en actividad.

Hoy se aplica un índice que surge del promedio de la variación de los sueldos de todos los docentes activos que aportan a la ANSES –son 11 las provincias que han transferido su sistema previsional–, denominado Remuneración Imponible Promedio Docente, pero muchos entienden que deja afuera las subas de sumas no remunerativas que podrían recibir los trabajadores, ya que ese índice contempla los sueldos sujetos a aportes.

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