A prisión

Julio De Vido se entregó para ser detenido y cumplir la condena por la tragedia de Once

El exministro Julio De Vido se presentó este jueves en los tribunales luego de que la Justicia rechazara el pedido de su defensa para evitar la prisión

Por UNO

El exministro de Planificación Federal Julio De Vido se presentó este jueves en los tribunales de Comodoro Py para ser detenido y comenzar a cumplir la pena de cuatro años de prisión que le fue impuesta en el segundo juicio por la tragedia de Once, luego de que su defensa no lograra frenar la orden de arresto.

La decisión fue adoptada anoche por el Tribunal Oral Federal N° 4, integrado por los jueces Néstor Costabel, Ricardo Basílico y Fernando Canero, quienes dispusieron que el exfuncionario sea arrestado “indefectiblemente”. La resolución, de siete páginas, fue firmada en las últimas horas tras quedar firme la condena por decisión de la Corte Suprema de Justicia.

Una vez finalizado el trámite judicial, Julio De Vido deberá conectarse por Zoom para presenciar la audiencia en la que se leerá el requerimiento de elevación a juicio en la causa Cuadernos, en la que también está imputado.

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La Cámara de Casación rechazó volver a colocarle una tobillera electrónica a Julio De Vido (Foto: archivo).

La Cámara de Casación rechazó volver a colocarle una tobillera electrónica a Julio De Vido (Foto: archivo).

La estrategia de la defensa de De Vido

El abogado defensor Maximiliano Rusconi había presentado dos planteos: uno para suspender la orden de detención y otro para que, en caso de concretarse, se conceda a Julio De Vido la prisión domiciliaria. Este último pedido aún no fue resuelto por el tribunal.

La defensa adelantó que presentará nueva documentación médica en los próximos días para acreditar que el exministro, de 75 años, padece problemas de salud vinculados a la diabetes que impedirían su permanencia en un establecimiento penitenciario.

Respecto del pedido de suspensión, Rusconi había argumentado que se presentó un recurso de reposición in extremis ante la Corte Suprema, con el fin de que el máximo tribunal revisara el fallo que dejó firme la condena.

Sin embargo, el TOF N° 4 rechazó el planteo al considerar que no se encuadra en ninguno de los supuestos legales que permiten suspender la ejecución de una pena de prisión.

Los jueces recordaron que la ley solo contempla esa posibilidad en dos casos excepcionales: cuando la persona es una mujer embarazada o madre de un niño menor de seis meses, o cuando padece una enfermedad grave que ponga en riesgo su vida, siempre que esa condición sea acreditada por peritos oficiales.

En su resolución, el tribunal advirtió que “la defensa persigue una suspensión de facto de la ejecución de una sentencia firme, carente de receptación normativa que así lo autorice”, y descartó así cualquier posibilidad de frenar el cumplimiento de la condena.

Fuente: A24.com