Un fallo plenario de la Suprema Corte de Justicia confirmó la condena a 15 años de prisión a un ex policía por el asesinato de la esposa.
La Corte confirmó una condena con perspectiva de género a un ex policía que mató a la esposa
La sentencia había sido impuesta por un jurado popular y la cantidad de años de cárcel fue fijada por la jueza María Eugenia Laigle, de quien se valoró que tuvo perspectiva de género al momento de hacer el cálculo.
El tema de la capacitación de los ciudadanos que forman parte de los jurados populares fue considerado como una necesidad futura únicamente por el supremo Mario Adaro.
Sin embargo, esto es impropio de este tipo de procedimientos ya que el juez técnico puede darle al jurado únicamente las instrucciones finales, previa litigación de las partes, para arribar a la conclusión de si los imputados son declarados culpables o no culpables.
Toda información por fuera de esas instrucciones finales es considerada ilegítima, coincidió la mayoría de los supremos.
Jurados populares en Mendoza
Los jurados populares son los encargados de resolver en juicio oral y público si los imputados por homicidio agravado son culpables o no culpables. Para decidir cuentan con diversos elementos de prueba que se ventilan en el debate.
Adaro consideró que cada ciudadano que integre un jurado popular debe recibir la capacitación suficiente para detectar si esos hechos criminales fueron cometidos en contexto de género y resolver en consecuencia.
El caso testigo que derivó en el fallo plenario que firmaron los seis supremos presentes fue la apelación de la condena a 15 años de cárcel al ex policía Víctor Hugo Acuña por el asesinato de su esposa, Lorena Segura, con un arma de fuego de uso oficial. Ocurrió en General Alvear el 15 de abril de 2018.
La sentencia del jurado popular fue confirmada por Dalmiro Garay, José Valerio (voto preopinante), Mario Adaro, Julio Gómez, Teresa Day y Pedro Llorente. Omar Palermo no participó por estar de licencia.
El ex policía Acuña había sido declarado culpable y esa decisión quedó firme. Además, la Corte se ocupó, con el voto preopinante de Valerio, de poner en valor que la jueza técnica actuó con perspectiva de género cuando fijó en 15 años la cantidad de años de cárcel para Acuña.
Dijo Valerio
Mario Adaro consideró que a los integrantes de los jurados populares, "que cumplen un servicio esencial participando en la toma de decisiones judiciales, se les debe brindar las herramientas necesarias para comprender e interpretar los hechos con enfoque de género y garantizar –de este modo– un veredicto que cumpla con los compromisos asumidos por el Estado en esta temática".




