18 años después

Caso García Belsunce: quedaría firme la absolución de Carrascosa

Eduardo Casal dictaminó a favor de Carrascosa, al opinar que debe ser desestimada la última apelación de absolución del viudo de María Marta García Belsunce.

El procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó a favor de Carlos Carrascosa, al opinar que debe ser desestimada la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016 al viudo por el asesinato de su esposa María Marta García Belsunce, informaron fuentes judiciales.

Si al momento de resolver este recurso de queja elevado por la Procuración General bonaerense en 2018, la Corte Suprema de Justicia de la Nación comparte el mismo criterio que Casal, Carrascosa quedará absuelto en forma definitiva en este expediente que ya cumplió 18 años.

Este año el caso volvió a los primeros planos, luego de la repercusión que tuvo "Carmel: ¿Quién mató a María Marta?" la serie de Netflix sobre el caso del asesinato de María Marta García Belsunce, un caso que lleva 18 años sin resolverse.

Tras la publicación de los cuatro capítulos en Netflix persisten dudas e inquietudes respecto del caso y las preguntas que más se repiten apuntan a cuál fue el móvil del crimen y por supuesto al autor material del asesinato.

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Carmel, el barrio privado donde ocurrió el asesinato de María Marta García Belsunce.

Carmel, el barrio privado donde ocurrió el asesinato de María Marta García Belsunce.

Después de 18 años, el proceso judicial continúa, de hecho aún no se inició el tercer juicio para saber si Nicolás Pachelo y dos ex vigiladores fueron los responsables.

“En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada”, afirmó Casal en su dictamen de ocho fojas que está firmado el 1° de ese mes. “En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada”, afirmó Casal en su dictamen de ocho fojas que está firmado el 1° de ese mes.

Según Casal, “el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia de Buenos Aires en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos”.

“La doctrina de la arbitrariedad de sentencia —cabe destacar una vez más— no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado”, agregó Casal. “La doctrina de la arbitrariedad de sentencia —cabe destacar una vez más— no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado”, agregó Casal.

“No encuentro en ese trámite la violación al derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del Tribunal según su doctrina de la arbitrariedad”, concluye el procurador.

Vaivenes durante 18 años

Los vaivenes judiciales de Carrascosa a lo largo de los 18 años de la causa fueron de un extremo al otro y las dudas continúan:

  • En el juicio de 2007 lo condenaron por encubrimiento
  • En 2009 el Tribunal de Casación lo condenó por el asesinato y lo envió a prisión
  • Tras siete años de apelaciones la Corte nacional ordenó una revisión integral de la causa
  • En 2016 un nuevo fallo detectó graves irregularidades en el proceso, lo absolvió y le dio la libertad.

Pero esa absolución del viudo fue apelada por la Procuración General bonaerense y desde 2018 la causa recayó otra vez en la Corte Suprema nacional y actualmente está bajo el análisis del ministro Ricardo Lorenzetti, luego de que el expediente ya pasó por sus colegas Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, según confirmaron a Télam fuentes judiciales.

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El fiscal Diego Molina Pico sufre otro revés por el caso María Marta García Belsunce. Foto: NA.

El fiscal Diego Molina Pico sufre otro revés por el caso María Marta García Belsunce. Foto: NA.

El caso

La socióloga María Marta García Belsunce (50) fue hallada muerta el 27 de octubre de 2002 en su chalet del barrio privado Carmel de Pilar (provincia de Buenos Aires), con su cuerpo semisumergido en la bañera, y su marido Carrascosa declaró siempre que él pensó que había sufrido un "accidente" y se había golpeado la cabeza contra un viga del techo y las canillas.

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Las marchas pidiendo justicia por María Marta García Belsunce siguen aún 18 años después. Foto: NA.

Las marchas pidiendo justicia por María Marta García Belsunce siguen aún 18 años después. Foto: NA.

La autopsia practicada a 36 días del hecho comprobó que había sido asesinada de seis balazos en la cabeza disparados con un arma calibre 32 que nunca apareció, y que cinco de los proyectiles penetraron en el cráneo, mientras que el sexto le rebotó.

Este año, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro debía realizar entre el 3 de agosto y el 14 de octubre el tercer debate oral por el caso, que tiene como presuntos coautores del crimen al exvecino de Carmel Nicolás Pachelo (44) y a los dos exempleados de seguridad Norberto Glennon (55) y José Ramón Alejandro Ortiz (43), pero quedó pospuesto por la pandemia de coronavirus.

Nicolás Pachelo está actualmente preso en el penal de Florencio Varela por robos en otro country de Pilar.

Los fiscales Andrés Quintana y Matías López Vidal buscarán demostrar que María Marta García Belsunce fue ejecutada a balazos cuando sorprendió a ladrones dentro de su casa.