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EDICTO: LUCERO ANDREA ANABEL C/ YAPURA JONATHAN EMANUEL Y CASSAN RODRIGO ALAN P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - Autos N° 273.960

  • JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en los autos N° 273.960 caratulados “LUCERO ANDREA ANABEL C/ YAPURA JONATHAN EMANUEL Y CASSAN RODRIGO ALAN P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO”, NOTIFICA al Sr. JONATHAN EMANUEL YAPURA D.N.I. 37.414.777, persona de ignorado domicilio, la siguiente resolución: “Mendoza, 19 de Mayo de 2025. AUTOS Y VISTOS: …RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda deducida por la Sra. ANDREA ANABEL LUCERO. En consecuencia, condenar a los demandados Sres. JONATHAN EMANUEL YAPURA y RODRIGO ALAN CASSAN y a la citada de garantía AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. – ésta última dentro de los términos, condiciones y límites de cobertura establecidos en la póliza contratada – a pagar en forma concurrente y en el plazo de diez días de quedar firme la presente la suma total de pesos seis millones setecientos sesenta y nueve mil ($ 6.769.000), con más los intereses aquí establecidos. II.- Imponer las costas a los demandados y a la citada de garantía vencidos (art. 36 apartado I del CPCCT). III.- Regular honorarios profesionales de la siguiente forma: Dres. Rubén Raul Rosas $1.353.800; Pablo Daniel Lima $676.900; Gonzalo Ruiz Villanueva $473.830 y Francisco Frugoli Decunto $947.660 (Arts. 2 -20%-, 3, 4 a), 13, 31 y ccs. Ley 9131) IV.- Regular honorarios profesionales a los peritos Rodolfo Videla; Jorge Alberto López Risso; Héctor Roitman y Juan Manuel García la suma de $152.300 a cada uno respectivamente (Art. 184 III del CPCCTM). V.- Se deja expresamente establecido que al momento de practicarse liquidación deberá adicionarse los honorarios complementarios que correspondan y el impuesto al valor agregado (I.V.A.) a los profesionales que acrediten su calidad de responsables inscriptos. VI.- A la solicitud de imposición del art. 730 último párrafo del CCCN, téngase presente para su oportunidad. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dra. Cecilia Landaburu - Juez

Publicado el dìa: 01/07/2025.-

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