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EDICTO: GINESTAR, JOSE ROQUE C/RUVIRA, JUAN CARLOS P/PRESCRIPCION ADQUISITIVA - Expte N° 260.301

Juez Primer Juzgado de Gestión Judicial Asociada. Expte N° 260.301, caratulados “GINESTAR, JOSE ROQUE C/RUVIRA, JUAN CARLOS P/PRESCRIPCION ADQUISITIVA. Se hace saber que a fs. 13 el Juzgado dictó la siguiente resolución: “Mendoza, 09 de Mayo de 2018. Téngase presente la matrícula acompañada. I.- Por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado. Por constituido el domicilio legal a sus efectos y denunciados los datos personales. II.- PREVIO a todo: a) Acompañe copia certificada del informe de dominio y gravámenes, de conformidad con lo dispuesto por el inc. a) punto I del artículo 209 del CPCCyT. b) Hágase saber al actor que deberá colocar un cartel con la indicación de la iniciación del presente juicio (número, carátula, nombre del pretendiente y del titular registral, superficie) con dimensiones acordes al inmueble a usucapir. El cartel deberá estar visible desde el principal camino de acceso y mantenerse durante la tramitación del juicio. Tales circunstancias deberán ser acreditadas mediante fotografías certificadas por escribano público o constatación de oficial de justicia, todo de conformidad a lo ordenado por el Art. 209 inc. d) del CPCCyT. III.- Oportunamente, de la demanda interpuesta, TRASLADO al titular registral por el término de VEINTE (20) DÍAS para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituyan domicilio legal dentro del radio del Juzgado (artículos 21, 72 inc. III, 74, 75, 160, 209, 210 del CPCCyT). Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad. Dispóngase la ANOTACIÓN DE LITIS del presente proceso, respecto del inmueble objeto de autos, inscripto en la Matrícula 3973-4, debiendo librarse por medio del correspondiente formulario 8 (art, 1905 último párrafo del CCyC). Hágase saber a los posibles interesados la existencia del presente juicio que pretende usucapir el inmueble ubicado en VIEYTES S/N, Manzana B, Lote 29, de Bermejo, Guaymallén, Mendoza, por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Diario Uno por CINCO (5) VECES en forma alterada (art. 209 ap II inc.a) CPCCyT. Asimismo, publíquese en las páginas web del Poder Judicial y del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción, en caso de encontrarse disponibles dichas páginas (art. 72 inc. II del CPCCyT). Cítese al Gobierno de la Provincia de Mendoza en la persona del Sr. Gobernador y del Sr. Fiscal de Estado, y a la Municipalidad de Guaymallén en la persona del Sr. Intendente. Notifíquese al Sr. Fiscal de Estado con el expediente en su despacho. Oportunamente, dése intervención al Defensor Oficial en turno. DRA. ROXANA ALAMO. Juez.”

Publicado los días: 18, 22, 24, 26 y 30/08/2022.-

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