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EDICTO: GALILEO TECHNOLOGIES SA C/RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL P/PROCESO DE CONOCIMIENTO - Autos CUIJ: 13-07284460-7((011851-18898)).

JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA-CUARTO, de la Primera Circunscripción judicial de Mendoza, en los autos CUIJ: 13-07284460-7((011851-18898)) GALILEO TECHNOLOGIES SA C/RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL P/PROCESO DE CONOCIMIENTO" notifica a RODRÍGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL, DNI 35.183.650 las resoluciones de fs. 31 y 64 que se transcriben a continuación: A fs. 128 el Tribunal proveyó: "Mendoza, 29 de Diciembre de 2025, VISTOS y CONSIDERANDO: RESUELVO: l.- Disponer se lleve adelante la ejecución incoada por la parte actora GALILEO TECHNOLOGIES S.A. (continuadora de METHAX S.A.) en contra de la PARTE DEMANDADA RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL por el cobro de la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($381.858,16), en concepto de capital con más los intereses referidos en la sentencia y la ejecución incoada por la el Dr. GUILLERMO VIZCAINO en contra de la PARTE DEMANDADA RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL por el cobro de la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO con 85/100 ($ 57.278,85) en concepto de honorarios regulados. ll.- En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes susceptibles de tal medida, de propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($1.200.000), fijada provisoriamente para responder a capital, intereses, costos y costas del juicio. Autorícese el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio con habilitación de día, hora y lugar, en caso de ser necesario.- III.- Cítese a la parte demandada para DEFENSA por el término de TRES DIAS, bajo apercibimiento de ley y conmínasela para que constituyan domicilio legal dentro del radio del juzgado (Arts. 21 del C.P.C.y T.) IV.- Imponer las costas a la parte accionada por resultar vencida Arts. 35 y 36 del C.P.C.Cy T.) V.- Regular los honorarios profesionales del Dr. GERMAN VIZCAINO en la suma de Pesos NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 82/100 ($98.805,82) más IVA en caso de corresponder, acreditándolo en debida forma (Art. 18 de la ley 9131.- PJ. DRA. JULIA PONTE, JUEZ SUBROGANTE. Se hace saber que a fs. 130 el Tribunal proveyó: “Mendoza 06 de Febrero de 2026. RESUELVO: i.- Modificar el auto de fs. 128 del siguiente modo: “RESUELVO: I.- Disponer se lleve adelante la ejecución incoada por la parte actora GALILEO TECHNOLOGIES S.A. (continuadora de METHAX S.A.) en contra de la PARTE DEMANDADA RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL por el cobro de la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 16/100 ($381.858,16) en concepto de capital mas los intereses referidos en la sentencia incoada por el Dr. GUILLERMO VIZCAINO y SANTIAGO VIZCAINO en contra de la PARTE DEMANDADA RODRIGUEZ MAXIMILIANO RAFAEL por el cobro de la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 70/100 ($114.557,70) en concepto de honorarios regulados.” II.-.. III.-.. IV.-..”V.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. GUILLERMO VIZCAINO y SANTIAGO VIZCAINO en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTO ONCE con 65/100($197.611,65) en forma conjunta, mas IVA en caso de corresponder, acreditándolo en debida forma. (Art. 18 de la ley 9131).- NOTIFIQUESE e forma conjunta con la resolución de fs. 128.- PJ DRA. MARIA MARTA GUASTAVINO. Juez.

Publica: 03/06/2026.-

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