EDICTO: BELTRAMONE MARTHA SUSANA Y BELTRAMONE LIDIA BEATRIZ C/FLORES NORMA LILIA Y OTS. P/ DAÑOS DERIVADOS DE LOCACIÓN - Autos 20118

Por UNO

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ- PRIMERO de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Autos 20118 "BELTRAMONE MARTHA SUSANA Y BELTRAMONE LIDIA BEATRIZ C/FLORES NORMA LILIA Y OTS. P/ DAÑOS DERIVADOS DE LOCACIÓN” NOTIFICA a NORMA LILIA FLORES DNI 11.964.388 y MAYRA DANIELA SILVA FLORES DNI 35.615.592, la Sentencia de fs. 119, que en su fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 26 de Noviembre de 2025. VISTOS: ...RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1.- Admitir parcialmente la demanda interpuesta por MARTHA SUSANA BELTRAMONE y LIDIA BEATRIZ BELTRAMONE, y en consecuencia condenar a los accionados MAYRA DANIELA SILVA FLORES, NORMA LILIA FLORES, JOAQUIN ALFONSO RODRIGUEZ CONSTANTINO, FRANCO EXEQUIEL DONAIRE Y EMILIANO JESUS VERA al pago de la suma de la suma reclamada de $1.136.908,48, con más los intereses dispuestos en los considerandos. II.- Rechazar demanda por la suma de $177.876. III.- Imponer las costas a los accionados por lo que se rechaza y a la actora por lo que se admite (Art. 35 y 36 del C.P.C.C. T.) 8 IV.- Regular los honorarios profesionales por lo que se admite de los Dres. ALEJANDRO ROMAN y DIEGO GIMENEZ en la suma de pesos $ 227.381 en conjunto; MARIA RODRIGUEZ CONSTANTINO en la suma de pesos $79.583, PAOLA MARMOLEJO en la suma de pesos $79.583 al que se le dará el destino previsto por ley; según las etapas intervenidas y sin perjuicio de los honorarios complementarios que correspondan, e IVA a los profesionales que acrediten la calidad de responsable inscripto. (arts. 2, 19, 3, 13, 31 de la ley 9131). V.- Regular los honorarios profesionales por lo que se rechaza de los Dres. MARIA RODRIGUEZ CONSTANTINO en la suma de pesos $17787,6, PAOLA MARMOLEJO en la suma de pesos $17787,6 al que se le dará el destino previsto por ley; ALEJANDRO ROMAN y DIEGO GIMENEZ en la suma de pesos $ 24.902,6 en conjunto; según las etapas intervenidas y sin perjuicio de los honorarios complementarios que correspondan, e IVA a los profesionales que acrediten la calidad de responsable inscripto. (arts. 2, 19, 3, 13, 31 de la ley |9131). NOTIFIQUESE. FDO: DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO. JUEZ.-"

Publica: 25, 26, 27/02/2026 y 2, 3/03/2026.-