SR. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, en los autos N° 282625 caratulados “AGUILERA MIGUEL ANGEL C/ POZO JUAN P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, NOTIFICA a los terceros posibles interesados, la siguiente decreto de fojas 2: “Mendoza, 03 de Septiembre de 2024. Téngase al Dr. Javier Calzetta en representación de AGUILERA MIGUEL ÁNGEL por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado a mérito del ratifica acompañado.- De la demanda instaurada por prescripción adquisitiva, TRASLADO al demandado POZO JUAN por el término de VEINTE días para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio procesal electrónico dentro del radio del tribunal bajo apercibimiento de ley (art. 21, 74, 209 y conc. CPCCT).- Dése intervención a FISCALÍA DE ESTADO y al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA por el plazo de veinte días a fin de que informe si existe interés fiscal en el bien a usucapir.- Cítese a la Municipalidad de Luján de Cuyo por el plazo de veinte días a fin de que informe si existe interés municipal en el bien a usucapir.- Hágase saber a los posibles terceros interesados sobre el bien que se pretende usucapir ubicado en calle Ugalde N° 153, Perdriel, Luján de Cuyo, Mendoza, inscripto en el Archivo Judicial y Registro Público anotado como 1° Inscripción, Asiento N° 5305, Fs. 5, T° 29 de Luján de Cuyo, Matrícula N° 0600506588 la iniciación del presente proceso por medio de edictos que deberán publicarse por cinco días en forma alternada en el Boletín Oficial y Diario Uno.- Una vez vencido el plazo precedente dése intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en turno civil que corresponda para que ejerza la defensa de los terceros posibles interesados.- NOTIFÍQUESE a cargo de la parte interesada. Comuníquese la promoción de la presente demanda al Registro de la Propiedad Inmueble, al solo efecto de la anotación de litis prevista por el art. 1905 del CCCN y art. 209 inc. c) del CPCCT OFICIESE.- Asimismo hágase saber a la parte actora que deberá colocar en un lugar visible del inmueble un cartel con un tamaño de letra no inferior a 7 cm y que deberá mantenerse durante la tramitación del juicio, indicando el número y carátula del expediente, juzgado de radicación, nombre del pretendiente, titular registral y superficie pretendida. Tal circunstancia deberá ser acreditada mediante fotografías certificadas por escribano público o constatación de oficial de justicia, todo de conformidad a lo normado por el Art. 209 inc. d) del CPCCT.- ….- MR DR. CARLOS DALLA MORA - JUEZ” y decreto de fojas 3: “Mendoza, 16 de Septiembre de 2024. Téngase por ampliada la demanda respecto a la documentación acompañada (art. 164 CPCCT).- Téngase presente el plano acompañado y por cumplido el previo de fs. 2.- NOTIFÍQUESE el presente decreto conjuntamente con el de fojas 2…- MR DR. CARLOS DALLA MORA – JUEZ” Traslados: https://s.pjm.gob.ar/dd/cpl/HVWKS9124 DATOS DEL INMUEBLE: Ubicación: Ugalde N° 153, Perdriel, Luján de Cuyo, Mendoza Datos de Inscripción: Asiento N° 5305, Fs. 5, T° 29 de Luján de Cuyo, Matrícula N° 0600506588. Titular Registral: POZO JUAN DNI 3.275.990
EDICTO: AGUILERA MIGUEL ANGEL C/ POZO JUAN P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - Autos N° 282625

Publica: 03/03/2026.-