El gasto y consumo promedio mensual de los últimos doce meses anteriores a la fecha de la evaluación no podrá superar el 80% de ese límite, es decir $ 253.384,80 con los parámetros actuales.
Asimismo, la manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no podrá ser superior a 2,4 veces anualizado el importe previsto para acceder a la AUH, esto es $ 9.121.852,80.
Tampoco podrá tener un automotor cuyo valor supere el importe anualizado de ese ingreso, que en el presente es equivalente a $3.800.772.
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En este último ítem se exceptúan "las maquinarias agrícolas-, que no registre la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, ni tampoco la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina", según el inciso "b" del artículo 2 de la resolución general conjunta.
En los considerandos de la medida se planteó que las pautas de evaluación socioeconómica y patrimonial se fijaron teniendo en cuenta "el esfuerzo fiscal" que representa el Plan de Pago de Pago de Deuda Previsional recientemente sancionado.