Decreto

Eliminaron temporalmente las retenciones a las exportaciones de acero, aluminio y derivados

La eliminación de las retenciones regirá hasta fin de año y será aplicable a los envíos a países que cuentan con aranceles igual o superior al 45%

Por UNO

El Gobierno nacional eliminó temporalmente las retenciones a las exportaciones del acero, aluminio y productos derivados para "fortalecer la capacidad exportadora y dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos del país, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor industriales”.

La medida será aplicable a las operaciones de exportación que se efectivicen entre el 9 de octubre y el 31 de diciembre de 2025 inclusive, o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación igual o superior al 45%, lo que ocurra primero.

Mediante el Decreto 726/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial se fijó la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) en 0% para una serie de productos vinculadas al sector industrial del acero y el aluminio “cuando se exporten con destino a aquellos países que al momento de la entrada en vigencia de esta medida, aplican a dichas mercaderías un arancel de importación “ad valorem” igual o superior al 45%”.

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El PBI creció 5,2% en 2022

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Retenciones e importaciones "ad valorem"

La administración de Javier Milei puntualizó que “en los últimos años se han verificado prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación “ad valorem” de magnitud significativa, tienden a restringir el acceso de los productos de aluminio y acero al comercio internacional, configurando una forma de proteccionismo que afecta de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas”.

Ante este escenario, consideró que “resulta necesario adoptar medidas orientadas a mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino como consecuencia de la adopción de las mencionadas medidas de protección al mercado interno de dichos productos efectuada por otros países”.

Entre los productos sin retenciones figuran laminados planos de hierro o acero; aceros aleados en lingotes, tubos y perfiles huecos, aluminio en bruto; barras y perfiles, de aluminio, alambre de aluminio, chapas y tiras, de aluminio, hojas y tiras, delgadas, de aluminio.