La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció este lunes modificaciones en las deducciones al impuesto a las Ganancias en lo que respecta a gastos con fines educativos y de transporte terrestre de larga distancia, según lo dispuesto por la Ley de Presupuesto 2023.
AFIP realizó cambios en las deducciones de Ganancias en gastos para educación y transporte
La medida se dispuso a través de la Resolución General 5314/2023, publicada en el Boletín Oficial, que modifica la RG 4003/2017, en línea con lo determinado en los artículos 99 y 100 de la ley de Presupuesto 2023.
La deducción por gastos educativos fue fijada en $20.786,80, tal como se desprende del inciso 2 del artículo 1 de la resolución, que indica que el monto "opera hasta el límite del 40% del importe de la ganancia no imponible establecido en el inciso a) del artículo 30 de la ley del gravamen" de Ganancias, texto ordenado de 2019, que fijó ese monto en $ 51.967.
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En el artículo 99 de la ley 27.701 de Presupuesto para el año en curso se estableció "una deducción de las sumas en concepto de servicios con fines educativos y de las herramientas destinadas a esos efectos, debidamente acreditadas, que el contribuyente pague por quienes revistan el carácter de cargas de familia y por sus hijos mayores de edad y de hasta 24 años, inclusive", en este último caso "en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente".
En el caso del transporte automotor de larga distancia, los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 40 de 1989, la deducción a computar no podrá superar el importe que resulte de incrementar cuatro veces el mínimo no imponible.
La modificación implica decuplicar la deducción que beneficia a los transportistas, si se tiene en cuenta que en la norma anterior el tope era hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible.
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La AFIP indicó que en el período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción, el beneficiario de la renta deberá ingresar, a través del servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig)-Trabajador", los datos que solicite e ingresar los datos de la factura que le solicite el sistema.
Claves de la nueva deducción de la AFIP
La medida reglamenta la "deducción de las sumas en concepto de servicios con fines educativos y de las herramientas destinadas a esos efectos" que el contribuyente pague como cargas de familia o por sus hijos de entre 18 y 24 años.
Cabe resaltar que, en este último caso, el joven deberá estar cursando "estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que le impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente".
Ante la reglamentación de la AFIP de las nuevas deducciones dispuestas para el impuesto a las Ganancias, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, repasó, en El Cronista, las cuatro claves de la medida.
Se podrán deducir gastos vinculados a la educación de los hijos o hijastros del contribuyente en caso de que este sea menor de 18 años o se encuentre incapacitado para el trabajo.
Por su parte, para los mayores de edad y hasta los 24 años inclusive, los jóvenes deberán estar cursando estudios regulares o profesionales de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse.
Para que los hijos revistan carácter de cargas de familia, "deberán estar a cargo del contribuyente y no tener ingresos superiores a la ganancia mínima no imponible del año que corresponda", aclara Domínguez.
En este sentido, Domínguez remarca que "de acuerdo a esta definición tan amplia, podría considerarse que las mesadas son entradas periódicas". Y explica que, si así fuera, "si un hijo recibió en 2022 mesadas por importes superiores a $ 252.564 ($ 21.047 por mes) no serían deducibles los gastos de educación", un punto "para nada razonable", según el tributarista.



