Tránsito de Mendoza

Qué pasará con la licencia de conducir vencida a partir del 1 de enero

El 31 de diciembre vence la prórroga que el Gobierno dispuso como "consecuencia de la pandemia". Los detalles de los carnets vencidos en el 2020, 2021 y 2022

El 31 de diciembre vence la prórroga dispuesta por el Gobierno de Mendoza, como "consecuencia de la pandemia", en la que no se labraban actas de infracción a los conductores que tuvieran la licencia de conducir vencida. Pero a partir del 1 de enero de 2022 no habrá nueva prórroga y solamente los carnets que vencieron en el 2021 se podrán renovar en un plazo de 365 días.

De esta manera, los conductores con carnets vencidos en el 2020 que no hayan hecho la renovación recibirán una multa a partir de enero. Lo mismo sucederá con las licencias que venzan el próximo año. En tanto que a los automovilistas que se les venció la licencia en el 2021, tendrán un año para renovar sin recibir ninguna sanción (por ejemplo: si se venció en abril del 2021, hay tiempo de renovación hasta abril de 2022).

Orlando Corvalán, director Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de Mendoza, en diálogo con El Siete remarcó que "todos los vencimientos del 2022 deben ser respetados", caso contrario se labrará un acta de infracción al conductor del automóvil.

Corvalán explicó qué pasará a partir de enero del 2022 con la licencia de conducir vencida

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Qué pasa con los carnets que vencen en el 2022

"Si se le venció el 20 de junio de este año, tiene tiempo hasta el 20 de junio del 2022 para circular", ejemplificó Corvalán.

Y añadió: "Entre un 70 y 80 por ciento han hecho el trámite de renovación, mientras que aquellos que no han podido durante el 2021, están las prórrogas otorgadas a los municipios por la agencia nacional".

"Si una licencia se vence el 3 de enero del 2022 tiene que ser renovada. Todos los vencimientos del 2022 deben respetar sus renovaciones. Esto fue únicamente para los del 2021", reiteró.

licencia de conducir digital

Requisitos para sacar la licencia de conducir en Mendoza

La licencia de conducir es nacional pero es emitida por los municipios. Cada departamento de la provincia tiene página web o teléfono para poder solicitar el turno correspondiente según el domicilio de cada persona.

Los requisitos:

  • Ser residente del municipio en donde se ejecutará el trámite.
  • Saber leer.
  • Tener DNI y fotocopia del mismo.
  • Llevar pagados e impresos el impuesto municipal y el boleto del CENAT (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito).
  • Grupo y factor sanguíneo (en caso de sacar el carnet de conducir por primera vez, pérdida o robo).
  • Realizar curso nacional de Seguridad Vial digital y los cursos de Género y Estrellas Amarillas en www.curso.seguridadvial.gob.ar/ansv/ y llevar impreso el comprobante (en caso de sacar el carnet de conducir por primera vez).
  • No registrar multas impagas (en caso de que figure una multa impaga se podrá abonar y, en caso de que la persona la haya pagado, presentar comprobante).
  • Tener la licencia de conducir hasta 90 días desde su vencimiento (en caso de renovación) si no, deberá rendir los exámenes como si no tuviera licencia previa.
  • En caso de no poseer el carnet de conducir por pérdida o robo deberá presentar el certificado de extravío del Registro Civil o la denuncia policial, según corresponda.
  • En caso de que la licencia anterior sea de otra provincia, debe presentar un certificado de legalidad original emitido por su autoridad.
  • En caso de padecer una enfermedad crónica, deberá llevar un certificado de aptitud psicofísica realizado por un médico.
  • En caso de ser mayor de 66 años deberá presentar los estudios médicos: hemograma, glucemia, uremia, electrocardiograma con informe y certificado de aptitud para conducir emitido por un médico. En caso de padecer diabetes presentar examen de hemoglobina glicosilada.

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