En ese sentido, intervino el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria para que se gestionen las bajas de las publicaciones en internet.
Más prohibiciones de la ANMAT
La ANMAT también aplicó idéntica prohibición, a través de la Disposición 2835/2025, para "un aceite de oliva marca 'El Riojanito', Variedad Botánica Arauco, Zona de producción: Villa Mazán, La Rioja, RNE N° 12000798; RNPA N° 1205360".
En este caso, el organismo indicó que el producto no tiene registros de establecimiento y de producto, y tiene un falso rótulo al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes, resultado ser en consecuencia un producto ilegal.
A partir de las investigaciones iniciadas a raíz de una consulta en particular a través del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre el producto, se constató que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Es por eso que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional del INAL realizó las respectivas consultas a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja para verificar si el RNE y el RNPA que estaban en el rótulo del producto investigado estaban autorizados. Una vez analizados, estos resultaron inexistentes.
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Dos marcas de aceite de oliva fueron prohibidos por no contar con las certificaciones correspondientes
Foto gentileza perfil.com
Ante esta situación, se determinó que el producto se encontraba en infracción y establecieron que no podrá ser elaborado en ningún sitio del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República Argentina. Lo mismo ocurrió con el aceite de oliva virgen extra marca "AO", producido en la provincia de San Juan.
Por otro lado, mediante la Disposición 2836/2025, ANMAT prohibió el uso, la comercialización y la distribución en el territorio nacional la utilización del equipo de depilación láser “ALMA – SOPRANO TITANIUM - (SN) 1330120203147DL808V19XZ”.
Las investigaciones por este producto comenzaron tras una inspección en la que personal del Departamento de Control de Mercado se presentó en el domicilio de la calle Sarmiento 154 de la ciudad de Salta, sede donde opera la firma “Odontomundo” propiedad de ODM Salta SAS.
En ese establecimiento se encontró un equipo de depilación láser, sin cabezales, que no tenía los datos del importador responsable en la Argentina, ni datos del fabricante. El titular de la firma explicó que se encontraba en estado de reparación y que no era de su propiedad.
Días después, personal del Departamento de Control de Mercado fue a la sede “Sirex Médica SA”, titular del producto en el país, donde luego de un relevamiento y observar fotografías del aparato, el responsable de la firma confirmó que estaba falsificado.
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Una marca de miel, dos de aceite de oliva y productos de belleza y cuidado personal fueron prohibidos por la ANMAT
Foto gentileza na.com
Por último, la Disposición 2838/2025 prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto miel marca "La Comarca, elaborado en Calle 7 N° 537, de la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, RNE N° 16000610, RNPA N° 16005504", en cualquiera de sus presentaciones, por no tener los registros sanitarios correspondientes, y exhibir rótulos falsos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
En su fundamentación, la ANMAT señaló que las investigaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro, a través del Incidente Federal N° 4595, en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), en relación con la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.