Línea de crédito hipotecario

Procrear 2022: requisitos para alcanzar el crédito de los desarrollos urbanísticos

El objetivo de esta línea es brindar acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos de Procrear 2022

El objetivo de esta línea, Procrear II, es brindar acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas en uno de los desarrollos urbanísticos. En Mendoza habrán seis desarrollos y están ubicados en La Dormida, Maipú, Malargüe, Ciudad de Mendoza, San Martín y San Rafael.

En la web del Ministerio (https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear) podrás consultar las bases y condiciones, conocer el coeficiente de Casa Propia y completar la inscripción.

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ProCreAr 2022. Ya está disponible el formulario de inscripción para la línea de créditos de Desarrollos Urbanísticos.

ProCreAr 2022. Ya está disponible el formulario de inscripción para la línea de créditos de Desarrollos Urbanísticos.

El Procrear II reconoce el rol estratégico del proceso productivo de la construcción fomentando la industria nacional, economías locales y la generación de empleo.

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Procrear 2022: requisitos para obtener el crédito Desarrollos Urbanísticos

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el PROCESO DE INSCRIPCIÓN. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

1. Matrimonio.

2. Unión convivencial.

3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

  • Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

Procrear 2022: qué es el coeficiente de Casa Propia

La fórmula Casa Propia es una modalidad superadora de actualización de las cuotas para los créditos del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat: Casa Propia y Procrear II. Como novedad, este coeficiente tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. Además, al reconocer que el aumento de los salarios puede ser variable según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9.

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