Ley de tránsito

La Policía ya puede emitir multas superiores a $100.000 por conducir ebrio

Por UNO

El Gobierno provincial promulgó la Ley por la cual endurece las multas y sanciones para los conductores que sean encontrados manejando con una graduación de alcohol más alta que la permitida.

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La modificación de la Ley de Tránsito fue publicada este viernes en el Boletín Oficial por lo que podrá ser aplicada en el Día de la Primavera, para el que se han aumentado los operativos de control e incluso se alquilaron grúas. Hasta ahora, la Policía no secuestraba autos si podía ir algún allegado al conductor alcholizado a buscarlo pero con la modificación se habilita directamente que el auto sea llevado.

Las multas

La nueva ley prevé dos tipos de multas por conducir ebrio, dependiendo de la graduación alcohólica del conductor. Una de ellas es regulada sólo por la ley de Tránsito y la otra es contravencional. 

De 0,5 a 0,99 grs de alcohol en sangre, las sanciones son solamente viales y las determina el juez de Tránsito.

Se resumen en tres aspectos: la inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas y retención del carnet.

Las multas irán de entre $36.000 y $72.000 (entre 3000 a 6000 unidades fijas).

Mientras que, con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta pasa a la órbita contravencional. Ésta es quizás la diferencia más importante con la ley actual: la persona que conduce en este estado puede ir presa.

Además, las multas a pagar comienzan por los $48.000 y pueden superar los $108.000 (de 4000 a 9000 UF).

La inhabilitación para conducir irá desde los 90 a los 365 días. También se retiene el carné de conducir.

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