¡Atención!

Monotributo: ARCA dará de baja a los inscriptos que no cumplan con este requisito

Desde el ente recaudador ARCA informaron que aquellos monotributistas que no cumplan la normativa vigente dejarán de estar dentro del Régimen Simplificado

Por UNO

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que dará de baja a todo trabajador inscripto en el monotributo que no cumpla con los pagos obligatorios mensuales del Régimen Simplificado (durante 10 meses). Una vez que regularice su deuda podría volver a ingresar.

El monotributo es una de las herramientas fiscales más usadas por los trabajadores autónomos. Es que les permite blanquear sus ingresos en ARCA, acceder al sistema previsional y tener una cobertura médica. No obstante, desde el organismo fiscal informaron que un grupo de contribuyentes podrá quedar fuera de la nómina por incumplir un requisito indispensable: el pago mensual de 10 períodos o más. Concretamente el ente recaudador le dará de baja al monotributista a partir del mes 11 con deudas.

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Monotributo: cuánto tiempo de retraso en los pagos genera la baja del trabajador

Las personas inscriptas como monotributistas deben abonar todos los meses una cuota fija -según su categoría- que incluye impuestos, jubilación y obra social. Sin embargo, en caso de que el contribuyente no pague se acumularán los pagos pendientes. Las deudas generarán intereses y, en el caso de que se extienda por el lapso de 10 meses, ARCA dará de baja al titular que, como se dijo, puede ser dado de alta si regulariza su deuda.

ARCA: por qué otras causas me pueden excluir del monotributo

ARCA informó que los contribuyentes quedarán fuera del régimen y estarán alcanzados por el régimen general de IVA y Ganancias si:

  • El total de los ingresos brutos supera el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
  • Adquieren bienes o realizan gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados.
  • El precio unitario de venta supera el máximo límite.
  • La superficie o costo de alquiler superan los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
  • Los depósitos bancarios resulten incompatibles con los ingresos declarados a los fines de su categorización.
  • Desarrollar más de 3 actividades simultáneas o posesión de más de 3 unidades de explotación.
  • Categorizarse como venta de productos cuando se prestan servicios.
  • Realización de importaciones de bienes o servicios para su comercialización posterior.
  • Si las operaciones no se encuentren debidamente facturadas.
  • Si el valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad suman igual o más del 80%, en el caso de venta de bienes, o más del 40% cuando se trate de locaciones, prestación de servicios y/o ejecución de obras, de los valores máximos de ingresos brutos anuales para la categoría K.
  • Estuvieran incluidos en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

En el caso de quedar excluido por alguna de estas causas, el contribuyente deberá esperar 3 años para reingresar al régimen de monotributistas.

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Si el retraso en el pago mensaul del monotributo supera los 10 meses ARCA sacará del régimen al monotributista.

Si el retraso en el pago mensaul del monotributo supera los 10 meses ARCA sacará del régimen al monotributista.

ARCA: escalas de monotributo y cuánto tengo paga cada una

ARCA informó los topes de ingresos para las categorías y los montos a pagar:

  • A: tope de $ 7.813.063,45 anuales. Total a pagar por mes: $ 32.221,31
  • B: tope de $ 11.447.046,44 anuales. Total a pagar por mes: $ 36.679
  • C: tope de $ 16.050.091,57 anuales. Total a pagar por mes: $ 42.951,25 en el caso de servicios y $ 41.982,19 para el comercio de bienes.
  • D: tope de $ 19.926.340,10 anuales. Total a pagar por mes :$ 55.047,33 en el caso de servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
  • E: tope de $ 23.439.190,34 anuales. Total a pagar por mes: $ 55.047,33 en el caso de servicios y $ 53.714,87 para el comercio de bienes.
  • F: tope de $ 29.374.695,90 anuales. Total a pagar por mes: $ 77.946,73 en el caso de servicios y $ 70.436,50 para el comercio de bienes.
  • G: tope de $ 35.128.502,31 anuales. Total a pagar por mes: $ 98.096,95 en el caso de servicios y $ 84.530,08 para el comercio de bienes.
  • H: tope de $ 53.298.417,30 anuales. Total a pagar por mes: $ 340.061,68 en el caso de servicios y $ 206.815,63 para el comercio de bienes.
  • I: tope de $ 59.657.887,55 anuales. Total a pagar por mes: $ 626.993,55 en el caso de servicios y $ 309.020,04 para el comercio de bienes.
  • J: tope de $ 68.318.880,36 anuales. Total a pagar por mes: $ 759.420,03 en el caso de servicios y $ 377.851,82 para el comercio de bienes.
  • K: tope de $ 82.370.281,28 anuales. Total a pagar por mes: $ 1.050.323,75 en el caso de servicios y $ 456.773,20 para el comercio de bienes.

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