Seis mil ciudadanos mendocinos mayores de 18 años quedarán en condiciones de ser convocados para integrar cada juicio por jurado popular que durante 2022 juzgarán a acusados de homicidio.

Será este lunes a las 9 de la mañana a través del sorteo por Lotería de Mendoza que se hará en la casa matriz del Casino. Será la tercera vez desde que en Mendoza funcionan los juicios por jurado popular.

En febrero de 2019 se eligió por sorteó a los jurados para ese año. Los sorteados en 2020 participaron de debates durante ese año y en este 2021 debido a una prórroga de la Suprema Corte debido al parate obligado por la pandemia.

El mecanismo prevé dos etapas: la conformación, también por sorteo, de un número de 3 cifras. Luego, de entre el padrón electoral, se sortearán a 6.000 mendocinos cuyo DNI terminen en esa cifra de tres dígitos.

Una vez completa la nómina de 6.000 personas durante 2022 se las irá convocando en el domicilio para cada juicio.

De cada debate participan 16 ciudadanos: 12 titulares y 4 suplentes.

Cuatro mil ciudadanos pertenecerán al Gran Mendoza y el resto al Sur, Valle de Uco y zona Este.

Participarán de la actividad del lunes el ministro de la Suprema Corte e impulsor de los juicios por jurado popular José Valerio, referentes del Ministerio Público Fiscal y el subsecretario Marcelo D`Agostino en nombre del Poder Ejecutivo.

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El primer juicio por jurado en Mendoza se realizó en 2019. Todos los debates pueden verse por internet.

Quiénes pueden ser jurado popular

Cualquier mendocino mayor de 18 años y de hasta 75 años puede ser convocado para integrar los jurados populares, según la ley provincial 9106.

Hay que ser argentino nativo o naturalizado con no menos de cinco (5) años de ciudadanía, tener una residencia permanente no inferior a cuatro (4) años en el territorio provincial y de dos (2) años en el territorio de la jurisdicción del Tribunal Colegiado competente.

Es condición comprender el idioma, saber leer y escribir y contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos.

Los que no pueden ser jurado popular

La ley excluye a autoridades y funcionarios políticos, judiciales y legislativos.

También a abogados, peritos y docentes en leyes. Además, personal policial y penitenciario.

Tampoco los deudores alimentarios, los ministros de culto, los estatales exonerados y los condenados e inhabilitados.

Además, se excluye a quienes padecen de disminuciones psíquicas y físicas.